RESOLUCIÓN NUMERO 003184 DE 2008, (agosto 26), por la cual se otorga registro sanitario a un producto plaguicida para uso en salud pública . - 26 de Agosto de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 47000313

RESOLUCIÓN NUMERO 003184 DE 2008, (agosto 26), por la cual se otorga registro sanitario a un producto plaguicida para uso en salud pública .

EmisorMinisterio de Protección Social
Número de Boletín47100

El Ministro de la Protección Social, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 142 del Decreto 1843 de 1991 y, CONSIDERANDO: Que el artículo 142 del Decreto 1843 de 1991, reglamentario de la Ley 09 de 1979, establece que los productos para uso en salud pública, plaguicidas de uso en edificaciones, vehículos, productos almacenados o no y área pública, deberán obtener registro sanitario por parte del Ministerio de Salud.

Que el Representante Legal de la Comercializadora Internacional de Entidades Químicas Ltda.

C.

I.

ENTQUIM, LTDA., solicitó mediante oficio radicado con el número 154216 del 6 de junio de 2008, registro sanitario de uso en salud pública para el plaguicida: {VER TABLA EN PDF ADJUNTO} Que estudiados los antecedentes y la información suministrada por la Comercializadora Internacional de Entidades Químicas Ltda , C.

I.

ENTQUIM, LTDA., la Dirección General de Salud Pública de este Ministerio, mediante oficio radicado con el número 130505 otorgó concepto toxicológico favorable EP-14054-2008 al producto VAMPIRICIDA PARA USO EN SALUD PUBLICA BRODIFACOUMA 0.15% ENTQUIM UNGÜENTO, dado que el mismo, cumple técnicamente con los requisitos establecidos en el Decreto 1843 de 1991;

Que el artículo 47 del Decreto 205 de 2003 dispone, que todas las referencias legales vigentes a los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Salud deben entenderse referidas al Ministerio de la Protección Social.

En mérito de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE:

Artículo 1°

Otorgar registro sanitario para uso en salud pública al siguiente producto plaguicida de la Comercializadora Internacional de Entidades Químicas Ltda., C.

I.

ENTQUIM Ltda. {VER TABLA EN PDF ADJUNTO}

Artículo 2

°.

Notificar personalmente el contenido de la presente resolución al Repre sentante Legal de la Comercializadora Internacional de Entidades Químicas Ltda., C.

I.

ENTQUIM LTDA., o a su apoderado, dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de su...

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