Decreto número 1316 de 2009, por el cual se modifica el Decreto 177 de enero 24 de 2008 se reglamenta el artículo 31 de la Ley 1142 de 2007 y se adoptan otras disposiciones. - 17 de Abril de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 57084136

Decreto número 1316 de 2009, por el cual se modifica el Decreto 177 de enero 24 de 2008 se reglamenta el artículo 31 de la Ley 1142 de 2007 y se adoptan otras disposiciones.

EmisorMinisterio del Interior y de Justicia
Número de Boletín47323

El Ministro del Interior y de Justicia de la Republica de Colombia delegatario de las funciones presidenciales mediante Decreto 1225 de 13 abril de 2009, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el articulo 189 numerales 4 y 11 de la Constitucion Politica, 27 y 50 de la Ley 1142 de 2007, DECRETA:

Articulo 1° Modificase el paragrafo del articulo 1° del Decreto 177 de 2008 y adicionase un paragrafo al mismo asi: "Paragrafo 1°

El Juez de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad, determinara la necesidad de someter a la poblacion condenada que se encuentre en modalidad distinta a la reclusion en centro penitenciario, a los sistemas de vigilancia electronica.

En ningun caso podra extenderse el beneficio de que trata el presente decreto a quienes se hayan acogido a la Ley 975 de 2005.

Tampoco procederan los mecanismos aqui establecidos en el regimen de responsabilidad penal para adolescentes establecido en la Ley 1098 de 2006.

Paragrafo 2°. Presentada la solicitud por el interno en el establecimiento penitenciario, las autoridades del mismo, procederan a remitir ante el juez competente la documentacion en debida forma, acorde con los protocolos fijados por el NPEC.

Articulo 2° Modificase el paragrafo del articulo 2° del Decreto 177 de 2008, el cual quedara asi: Paragrafo

Quienes se encuentren en detencion preventiva en establecimiento carcelario bajo el regimen de Ley 600 de 2000 podran ser destinatarios de los sistemas de vigilancia electronica, previo cumplimiento de los supuestos establecidos en el articulo 314 de la Ley 906 de 2004, cuando el funcionario competente determine su viabilidad.

Articulo 3° Modificase el articulo 4° del Decreto 177 de 2008, el cual quedara asi: Articulo 4°

Seguimiento Pasivo RF. Es el sistema de...

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