Decreto número 0126 de 2013, por el cual se reglamenta el tratamiento preferente a las madres comunitarias en el acceso al Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Urbano - 31 de Enero de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 417432586

Decreto número 0126 de 2013, por el cual se reglamenta el tratamiento preferente a las madres comunitarias en el acceso al Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Urbano

EmisorMinisterio de Vivienda, Ciudad y Territorio
Número de Boletín48690

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 49 de 1990, el artículo 26 de la Ley 1537 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 51 de la Constitución Política de Colombia establece que "Todos los colombianos tienen derecho a vivienda digna. El Estado fijará las condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho y promoverá planes de vivienda de interés social, sistemas adecuados de financiación a largo plazo y formas asociativas de ejecución de estos programas de vivienda".

Que conforme con lo previsto en la Ley 49 de 1990, las Cajas de Compensación Familiar cuentan con recursos en los Fondos Obligatorios para la Vivienda de Interés Social (FOVIS), destinados para la asignación de subsidios familiares de vivienda, en seguimiento de las políticas trazadas por el Gobierno Nacional, razón por la cual deben brindarse medidas de tratamiento diferencial a favor de personas con falencias habitacionales más vulnerables.

Que el artículo 26 de la Ley 1537 de 2012, establece que "Las cajas de compensación familiar priorizarán en la asignación de subsidios familiares de vivienda a sus hogares afiliados cuyo miembro principal sea una madre comunitaria vinculada a los programas de hogares comunitarios de bienestar, Famis y Madres Sustitutas, de acuerdo con las certificaciones que para el efecto expida el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

Para acceder al proceso de postulación y asignación de los subsidios familiares de vivienda a los que hace referencia el presente artículo, en las modalidades de adquisición de vivienda nueva o usada, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda, los hogares deberán contar con los requisitos señalados en los reglamentos expedidos por el Gobierno Nacional".

Que teniendo en cuenta lo anterior, se hace necesario generar las...

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