Resolución número 2859 de 2013, por la cual se modifica la Resolución número 1616 de 2006y se reglamenta la estructura del ICBF, en el Nivel Regional y Zonal - 14 de Mayo de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 436408466

Resolución número 2859 de 2013, por la cual se modifica la Resolución número 1616 de 2006y se reglamenta la estructura del ICBF, en el Nivel Regional y Zonal

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Número de Boletín48790

El Director General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente de Lleras, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las consagradas en el artículo 78 de la Ley 489 de 1998 y el Decreto 987 de 2012 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa debe estar al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, delegación y desconcentración de funciones.

Que de conformidad con lo señalado en el artículo 54 de la Ley 489 de 1998 y en concordancia con el artículo 189 de la Constitución Política, la modificación de la estructura de los ministerios, departamentos administrativos y demás entidades y organismos administrativos nacionales deben tener en cuenta entre otros principios y reglas, que las dependencias básicas de cada una de ellas se organicen observando la denominación y estructura que mejor convenga a la realización de su objeto y el ejercicio de sus funciones, identificando con claridad las dependencias principales, los órganos de asesoría y coordinación, y las relaciones de autoridad y jerarquía entre las que así lo exijan.

Que la Resolución número 2622 de 2003, por la cual se fijó la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Cecilia de la Fuente de Lleras (ICBF) en el nivel Regional y Municipal y se establecieron las funciones de sus diferentes dependencias, ha sido modificada por las Resoluciones número 888 de 2004, 1696 de 2004, 2314 de 2005 y 567 de 2006 y subrogada en su totalidad por la Resolución número 1616 de 2006.

Que la Resolución número 1616 de 2006 a su vez ha sido modificada por las Resoluciones número 2727 de 2007, 350 de 2008, 700 de 2008, 763 de 2010 y 1242 de 2010.

Que mediante el Decreto número 4155 de 2011 y de conformidad con lo establecido en el inciso 2º del artículo 170 de la Ley 1448 de 2011, se transformó el establecimiento público Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional en el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, como organismo principal de la administración pública del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación.

Que mediante el Decreto número 4156 de 2011, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente de Lleras (ICBF), fue adscrito al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social.

Que mediante el Decreto número 987 de 2012, se modificó la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Cecilia de la Fuente de Lleras y se determinó las funciones de sus dependencias, para lo cual se crearon nuevas dependencias y funciones con base en las nuevas políticas del Gobierno Nacional y responsabilidades asignadas a la Entidad, en materia de atención a la primera infancia, niñez, adolescencia, familias y comunidades del territorio nacional así como de la población víctima de grupos armados al margen de la ley, población adolescente en conflicto con la ley y en proceso de restablecimiento de derechos.

Que el artículo 42 del Decreto 987 de 2012, mediante el cual se establecieron las funciones de las Direcciones Regionales, señala en el numeral 9, la de Coordinar con las dependencias pertinentes y con la Oficina de Gestión Regional, las actividades que sean de su competencia, con el fin de articular y establecer relaciones técnicas específicas entre las Dependencias de la Dirección General, las Regionales y los Centros Zonales. Asimismo, todas las Dependencias de la Dirección general tienen la función de coordinar con las Direcciones Regionales las actividades que sean de su competencia, en trabajo conjunto con la Oficina de Gestión Regional.

Que en aplicación de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 80 de 1993, en concordancia con lo establecido en los artículos 21 de la Ley 1150 de 2007, de la Ley 489 de 1998 y 8.1.6 del Decreto 734 de 2012, los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones y actividades contractuales en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o asesor o en sus equivalentes.

Por lo anterior, el Director General del ICBF en el numeral 1.2 del Manual de Contratación adoptado mediante Resolución 2690 de 2012, delegó "la ordenación del gasto y el ejercicio de la facultad de adelantar procesos de selección, adjudicar, celebrar, adicionar, modificar, suspender, resolver, terminar, liquidar convenios y contratos a nombre del Instituto con personas públicas o privadas, y las funciones a las que se refiere el presente manual (...)" a los Directores Regionales, en consideración a unas cuantías determinadas, estableciendo también en casos en los cuales se superaran la mismas, la figura de la delegación especial.

Que la entidad en su Mapa Estratégico definió el Proyecto Estratégico Sistema de Gestión Integral, del Conocimiento y la Innovación y para desarrollarlo, ha definido la Estrategia Permanente de Innovación y Cambio Organizacional (Epico), la cual tiene como componentes la adecuación institucional en dos fases, la primera en el nivel nacional, y la segunda en el nivel regional y zonal. La adecuación institucional de la fase I se adelantó y finalizó en el año 2012 y la Fase II se inició en el año 2012 y actualmente se encuentra en curso, conforme a la aprobación del Comité Directivo mediante Acta número 95 con fecha 28 de febrero de 2013.

Que en virtud de lo anterior y mientras finaliza el proceso de aprobación y oficialización de la Fase II se hace necesario establecer una forma de operación transitoria en el nivel regional y zonal, de acuerdo a la nueva estructura del ICBF definida en el Decreto 987 de 2012, que le permita designar colaboradores al interior de cada uno de los Grupos Internos de las Direcciones Regionales como referentes de los temas de cada una de las Direcciones y Oficinas de la Dirección General del Instituto con el fin de que desarrollen las actividades conforme a las instrucciones y lineamientos de cada uno de ellos, en aras de articular y establecer relaciones técnicas en temas de procesos, procedimientos y actividades que se deben desarrollar para la correcta operación del ICBF en las Direcciones y Centros Zonales.

Que en mérito de lo anterior,

RESUELVE:

Artículo 1º Modificar el artículo 1º de la Resolución número 1616 de 2006, el cual quedará así:

Las funciones del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Cecilia de la Fuente de Lleras (ICBF) en el nivel departamental y en el Distrito Capital se cumplirán por medio de treinta y tres (33) Direcciones Regionales y en el nivel municipal, distrital y local por medio de doscientos seis (206) Centros Zonales, además de otras unidades de atención que se creen en los territorios para la prestación de los servicios de protección integral del ICBF como son los equipos o unidades de atención, Centros de Servicios Judiciales, o lugares destinados para la operación de las Defensorías de Familia con funciones en el Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos y Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes.

Artículo 2º Modificar el artículo 2º de la Resolución número 1616 de 2006, el cual quedará así:

La estructura interna del ICBF, para el cumplimiento de sus funciones en el nivel departamental estará conformada por las siguientes Direcciones Regionales:

Amazonas, Antioquia, Arauca, Atlántico, Bolívar, Bogotá, Boyacá, Caldas, Casanare...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR