Resolución número 202 de 2013, por la cual se reglamenta el Programa de Incentivos para los servidores de la Procuraduría General de la Nación - 19 de Junio de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 442219118

Resolución número 202 de 2013, por la cual se reglamenta el Programa de Incentivos para los servidores de la Procuraduría General de la Nación

EmisorVarios - Procuraduría General de la Nación
Número de Boletín48826

El Procurador General de la Nación, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en los artículos 7º, numeral 42, 254, 255 y 256 del Decreto número 262 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 275 de la Constitución Política establece que el Procurador General de la Nación es el supremo director del Ministerio Público, por cuya virtud, y en concordancia con los numerales 2, 3 y 7 del artículo 7º del Decreto-ley número 262 de 2000, tiene la facultad de expedir los actos administrativos, órdenes y directrices necesarios para el funcionamiento de la entidad y para el desarrollo de las funciones atribuidas por la ley.

Que según el artículo 254 del Decreto número 262 de 2000, corresponde al Procurador General de la Nación diseñar el plan de incentivos no pecuniarios para los servidores y grupos de trabajo de la entidad, que en el desempeño de sus funciones alcancen niveles de excelencia. La excelencia ha de entenderse como aquella cualidad que representa el desempeño, en términos cuantitativos y cualitativos, en un grado de calidad superior.

Que el programa de incentivos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 255 del citado Decreto número 262 de 2000, integra el sistema de estímulos de la Procuraduría General de la Nación, que tiene por objeto elevar los niveles de eficiencia, desarrollo y bienestar de los servidores de la entidad en el desempeño de su labor y contribuir al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales.

Que el programa de incentivos está destinado a crear condiciones favorables para que el desarrollo del trabajo y el desempeño laboral cumplan los objetivos y metas institucionales y a reconocer los resultados de desempeño en niveles de calidad superior, dándole valor agregado a la gestión funcional que se adelanta cotidianamente.

Que en atención a lo consagrado en el literal a) del artículo 258 del citado Decreto número 262 de 2000 la designación del mejor empleado o grupo de trabajo debe tener como fundamento el nivel de desempeño en el ejercicio de sus funciones al servicio de la Procuraduría General de la Nación.

Que el Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias otorgadas en el artículo 66 de la Ley 443 de 1998, expidió el Decreto número 1567 de 1998, por medio del cual se creó el sistema nacional de capacitación y el sistema de estímulos para los empleados del Estado, que resulta aplicable a las carreras especiales y a los sistemas específicos de carrera cuando en las normas que les regulan existan vacíos respecto a la capacitación y a los estímulos, como se establece en el parágrafo único de su artículo 1º.

Que el Decreto número 1227 del 21 de abril de 2005, que reglamentó parcialmente la Ley 909 de 2004 y el Decreto-ley número 1567 de 1998, estableció los planes de incentivos no pecuniarios para los servidores públicos del Estado.

Que en desarrollo de lo anterior, se hace necesaria la reglamentación del Programa de Incentivos para los servidores de la Procuraduría General de la Nación, que contemple los distintos presupuestos, requisitos, condiciones e instancias para su aplicación de forma que corresponda con una política institucional de cultura por el trabajo y la productividad, en el marco de las funciones misionales de la entidad.

En consecuencia este Despacho,

RESUELVE:

CAPÍTULO I Aspectos generales Artículos 1 a 5
Artículo 1º Objeto.

La presente resolución tiene por objeto reglamentar el Programa de Incentivos para los servidores de la Procuraduría General de la Nación, como parte del sistema de estímulos de la entidad, que tiene como propósitos elevar los niveles de eficiencia, desarrollo y bienestar de los servidores en el desempeño de su labor y contribuir al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales.

Artículo 2º Campo de aplicación.

La presente reglamentación se aplica a la totalidad de servidores y dependencias de la Procuraduría General de la Nación, exceptuando a los funcionarios que pertenezcan a los niveles Directivo y Ejecutivo. No obstante, en caso que en el mejor grupo de trabajo se encuentre algún funcionario de estos niveles, tendrá derecho al reconocimiento público conjuntamente con los demás miembros del grupo, pero no será beneficiario de los incentivos disponibles.

Artículo 3º Fines del Programa de Incentivos.

Son fines del Programa de Incentivos de la Procuraduría General de la Nación, los siguientes:

  1. Promover el ejercicio de la función administrativa conforme a los principios de eficiencia, eficacia, moralidad y los demás consagrados en el artículo 209 de la Constitución Política;

  2. Elevar los niveles de eficiencia, desarrollo y compromiso de los servidores de la Procuraduría General en el desempeño de su labor y contribuir al cumplimiento efectivo de las metas institucionales;

  3. Reconocer o premiar los resultados en el desempeño efectivo de los servidores y de los grupos de trabajo de la entidad en niveles de calidad superior;

  4. Proporcionar orientaciones y herramientas de gestión para la Procuraduría General de la Nación, con el objetivo de construir una vida laboral que ayude al desempeño productivo, al desarrollo humano y bienestar de los servidores de la entidad y a generar actitudes favorables frente al servicio público y al mejoramiento continuo de la organización para el ejercicio de su función social.

Artículo 4º Principios del Programa de Incentivos.

Son principios axiológicos que sustentan y justifican el Programa de Incentivos en la Procuraduría General de la Nación, los siguientes:

a) Igualdad, Equidad y Justicia. El programa de incentivos, como componente integral del sistema de estímulos de la Procuraduría General de la Nación, se fundamenta en el reconocimiento de todos los servidores de la entidad en igualdad de oportunidades, de manera que el reconocimiento de los mejores desempeños constituya un instrumento de motivación continua para la totalidad de los trabajadores de la entidad. En tal virtud, no podrá existir discriminación de ninguna clase en la selección del mejor servidor y mejor grupo de trabajo;

b) Objetividad y Transparencia. La selección de los mejores servidores y del mejor grupo de trabajo de la entidad, así como la asignación de los correspondientes incentivos, deberá hacerse con sustento en criterios y procedimientos objetivos y transparentes. En ningún caso los incentivos deberán ser otorgados en consideración a situaciones ajenas a la labor desarrollada;

c) Humanización del trabajo. El plan de incentivos en la Procuraduría General de la Nación tendrá en cuenta que toda actividad laboral deberá brindar la oportunidad de que las personas crezcan en sus múltiples dimensiones cognitiva, efectiva, valorativa, ética, estética, social, profesional y técnica y desarrollen sus potencialidades creativas mejorando al mismo tiempo la gestión institucional y el desempeño personal;

d) Sinergia. En el reconocimiento de los incentivos contenidos en el plan de incentivos de la Procuraduría General de la Nación debe procurarse generar el mayor bienestar y valor agregado para el conjunto de empleados en relación con la organización;

  1. Valores. El programa de incentivos, como elemento inherente al sistema de estímulos en la Procuraduría General, debe enmarcarse en los principios y valores que rigen la función administrativa, así como en la Carta de Valores y Principios Éticos de la Procuraduría General de la Nación, adoptada por resolución.

Artículo 5º Periodicidad.

La Procuraduría General de la Nación desarrollará anualmente el proceso de selección y reconocimiento del mejor servidor y mejor grupo de trabajo, conforme a los parámetros señalados en los artículos 254 del Decreto número 262 de 2000 y en la presente resolución.

CAPÍTULO II Artículos 6 a 9

Sobre la postulación como mejor servidor y mejor grupo de trabajo

Artículo 6º Postulación.

La postulación de los funcionarios de la Procuraduría General de la Nación al reconocimiento de mejor servidor o mejor grupo de trabajo podrá hacerla el Jefe Inmediato, los propios servidores de la entidad que reúnan los requisitos establecidos en la presente reglamentación o uno o varios compañeros de la correspondiente dependencia. En todos los casos, el Jefe de la dependencia deberá rendir concepto donde describa y sustente el resultado, aporte o producto por lo que se amerita la postulación como mejor servidor o grupo de trabajo.

Si la postulación no proviene del Jefe Inmediato, y este emite concepto negativo, el postulado (mejor servidor o grupo) podrá allegar ante el Comité de Estímulos de que trata el artículo 258 del Decreto número 262 de 2000 la postulaciónjunto con la explicación motivada sobre los aspectos por los que considera existe un valor o aporte agregado o extraordinario en su caso, adjuntando los soportes que lo acrediten, para que en dicha instancia se decida.

Parágrafo. Cuando el postulante sea el mismo servidor o uno o varios de sus compañeros, es deber del Jefe Inmediato rendir el concepto señalado dentro de los cinco (5) días siguientes a la postulación, de lo cual será enterado por el mismo postulado.

Artículo 7º Requisitos para ser postulado a mejor servidor o grupo de...

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