Decreto número 4812 de 2011, por el cual se reglamentan el numeral 10 del artículo 2° de la Ley 549 de 1999 y el parágrafo 3° del artículo 42 de la Ley 643 de 2001. - 20 de Diciembre de 2011 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 341422598

Decreto número 4812 de 2011, por el cual se reglamentan el numeral 10 del artículo 2° de la Ley 549 de 1999 y el parágrafo 3° del artículo 42 de la Ley 643 de 2001.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín48289
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