Acuerdo número 013 de 2008, por medio del cual se otorgan facultades expresas al señor alcalde municipal de Remolino, Magdalena, para que inicie la selección y celebre contrato previo proceso de licitación pública para entregar en concesión la reposición, operación, mantenimiento, expansión y administración del servicio de alumbrado público y a su vez se le conceden u otorgan otras facultades inherentes. - 1 de Agosto de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 63389455

Acuerdo número 013 de 2008, por medio del cual se otorgan facultades expresas al señor alcalde municipal de Remolino, Magdalena, para que inicie la selección y celebre contrato previo proceso de licitación pública para entregar en concesión la reposición, operación, mantenimiento, expansión y administración del servicio de alumbrado público y a su vez se le conceden u otorgan otras facultades inherentes.

EmisorVarios
Número de Boletín47428

El honorable Concejo Municipal de Remolino, Magdalena, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y en especial las que le confieren los articulos 331, 313 numerales 3 y 40 y 385 de la Constitucion Politica, Leyes 97 de 1913, y 84 de 1915, articulo 32 numeral 7 de la Ley 136 de 1994, articulo 95 del Decreto 111 de 1994, Ley 617 de 2000, Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 2474 de 2008 y por las Resoluciones CREG 043 de 1995, 043 de 1996, 88 de 1996, 076 de 1997 y 70 de 1998, y CONSIDERANDO:

  1. Que el Alcalde Municipal de Remolino, Magdalena, en uso de sus facultades constitucionales establecidas en el numeral 3 del articulo 315, que versa sobre la obligacion de asegurar los servicios a su cargo, en concordancia con el articulo 365 de la Carta Politica, la cual indica que los servicios publicos son una obligacion inherente a la finalidad social del Estado.

  2. Que al articulo 91 de la Ley 136 de 1994 patentiza las funciones de los Alcaldes encontrandose entre su literal a) En relacion con el Concejo Municipal: 1) Las de presentar proyectos de acuerdos que juzgue convenientes para la buena marcha del Municipio;

    y en su literal D) En relacion con la Administracion municipal: 1) Dirigir la accion administrativa del municipio, asegurar el cumplimiento de las funciones y de la prestacion de los servicios publicos a su cargo.

  3. Que es funcion del Concejo Municipal de Remolino, Magdalena, autorizar al AlcalMunicipal para celebrar contratos tal como lo consagra la Constitucion Politica en la distribucion de funciones a las entidades territoriales, las cuales entre otras tenemos: "(...) 1° Reglamentar las funciones y eficiente prestacion de servicios a cargo del Municipio. 2° Adoptar los correspondientes planes y programas de desarrollo economico y social y de obras publicas. 3° Autorizar al Alcalde para celebrar contratos y ejercer pro tempore precisas funciones de las que le corresponde al concejo. 4° Dictar normas organicas del presupuesto y expedir anualmente el presupuesto de rentas y gastos (...)".

  4. Que la Ley 136 de 1994, que regula la organizacion y funcionamiento de los municipios, dispone entre las atribuciones de los concejos de conformidad con el articulo 32 numeral 3 lo siguiente: "Reglamentar la autorizacion al Alcalde para contratar...

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