Resolución número 122 de 2012, por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución CREG 117 de 2011, por la cual se establecen los cargos regulados para el sistema de transporte de Promigás S. A. E.S.P. - 21 de Noviembre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 408194626

Resolución número 122 de 2012, por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución CREG 117 de 2011, por la cual se establecen los cargos regulados para el sistema de transporte de Promigás S. A. E.S.P.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín48621

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994, y en desarrollo del Decreto número 2253 de 1994, y

CONSIDERANDO QUE:

  1. Antecedentes

    De conformidad con lo establecido en el numeral 14.28 del artículo 14 de la Ley 142 de 1994 el servicio público domiciliario de gas combustible "es el conjunto de actividades ordenadas a la distribución de gas combustible, por tubería u otro medio, desde un sitio de acopio de grandes volúmenes o desde un gasoducto central hasta la instalación de un consumidor final, incluyendo su conexión y medición. También se aplicará esta ley a las actividades complementarias de comercialización desde la producción y transporte de gas por un gasoducto principal, o por otros medios, desde el sitio de generación hasta aquel en donde se conecte a una red secundaria".

    Según lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley 142 de 1994, la construcción y operación de redes para el transporte de gas, así como el señalamiento de las tarifas por su uso, se regirán exclusivamente por dicha ley.

    El numeral 73.11 del artículo 73 de la Ley 142 de 1994 atribuyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas la competencia para establecer las fórmulas para la fijación de las tarifas del servicio público domiciliario de gas combustible.

    Mediante la Resolución CREG 126 de 2010, la Comisión de Regulación de Energía y Gas estableció los criterios generales para la remuneración del servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos del Sistema Nacional de Transporte, y dictó otras disposiciones en materia de transporte de gas natural.

    Promigás S. A. E.S.P. (en adelante Promigás), de acuerdo con la metodología establecida en la Resolución CREG 126 de 2010 (en adelante la metodología), mediante comunicación con Radicación CREG número E-2010-009023, formuló una solicitud para la aprobación de los cargos de transporte de los gasoductos de su propiedad.

    Mediante la Resolución CREG 117 de 2011 se resolvió dicha solicitud y se establecieron los cargos regulados para el Sistema de Transporte de Promigás, de acuerdo con los criterios previstos en la metodología.

    Mediante el correo electrónico recibido en la CREG el 19 de septiembre de 2011 y radicado bajo el número E-2011-008842 de fecha 20 de septiembre de 2011 Promigás presentó un recurso de reposición contra la Resolución CREG 117 de 2011.

  2. Peticiones de Promigás

    En el recurso de reposición contra la Resolución CREG 117 de 2011, Promigás presenta las siguientes peticiones:

    "Demanda

    Modificar el escenario de demanda establecido por la CREG en lo relacionado con la eliminación del Año 1 que correspondía al año 2011 y tomar como año de inicio del período tarifario el establecido a partir del año 2012 hasta el año 2031.

    Plan de Nuevas inversiones (PNI e IFPNI)

    Tanto para el período t-1 como t incluir la aprobación de las inversiones de adecuación por tramos y válvulas para el período t, excluidos en la Resolución número 117 teniendo en cuenta la situación particular de la vida útil real de nuestro sistema.

    Igualmente, ajustar los valores a ser reconocidos para las inversiones aprobadas teniendo en cuenta el costo real de cada una de ellas y los presupuestos presentados por Promigás. Lo anterior con el fin de poder remunerar lo ya invertido y poder ejecutar las nuevas inversiones que requiere nuestro sistema.

    Adicionalmente, reiteramos nuestra solicitud de incluir las inversiones requeridas en las Estaciones Compresoras y Obras de Protección del Cruce Subfluvial para poder darle confiabilidad e integridad a la operación del sistema tal como lo establece la metodología tarifaria y poder cumplir con las obligaciones establecidas en el RUT.

    Inversiones en Ampliación de Capacidad

    Siendo conocedores del comportamiento real de nuestro sistema de transporte de gas por más de 30 años en todo lo relacionado con aspectos comerciales, técnicos y operativos reiteramos la solicitud de aprobar todas las inversiones presentadas en la solicitud.

    (...)

    Costos AOM

    Hacer los ajustes solicitados en lo relacionado en el presente recurso de reposición teniendo en cuenta los criterios aplicados por la Comisión en la Resolución número 117.

    (.)".

    En el análisis de las peticiones, realizado en la Sección IV de esta resolución, se transcriben los argumentos presentados por Promigás para fundamentar sus peticiones.

  3. Pruebas

    1. Solicitud y decreto de pruebas

    En el acápite identificado como "6. Pruebas" en el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución CREG 117 de 2011, Promigás solicitó el decreto y práctica de las siguientes pruebas:

    "6. Pruebas

    6.1 Testimoniales.

    De acuerdo con lo dispuesto por los artículos 213, s.s. y concordantes del Código de Procedimiento Civil, solicito se decrete el testimonio de las siguientes personas, quienes son mayores de edad y hábiles para declarar, quienes depondrán lo que les conste respecto a los hechos en que se fundamenta el presente recurso de reposición y especialmente para probar los siguientes hechos:

    · Los proyectos ejecutados y en operación no reconocidos en la Resolución número

    117 de 2011.

    · Los proyectos ejecutados y en operación reconocidos parcialmente por el regulador realizados en el periodo tarifario pasado.

    · La forma como se realizan los presupuestos de los activos solicitados dentro del Programa de Nuevas Inversiones.

    · Las obras e inversiones realizadas al gasoducto a la fecha, motivo de la solicitud tarifaria y la necesidad de ejecutar aquellas que han sido sometidas a consideración de la CREG en el respectivo expediente.

    · Las demás que le consten y que tengan relación con la solicitud tarifaria y/o el presente recurso.

    Tales personas son las siguientes:

    i) Alejandro Villalba McCausland, identificado con cédula de ciudadanía número 72154974 Gerente de Operaciones de Promigás, domiciliado y residente en Barranquilla, quien puede notificarse en la Calle 66 Nº 67-123 de Barranquilla, Teléfono 3713444, para que dé cuenta de cuanto le conste, respecto de los proyectos ejecutados e incluidos dentro de la Solicitud Tarifaria, así como de los presupuestos;

    ii) Miguel Padilla, identificado con cédula de ciudadanía número 8680969 Gerente de Ingeniería de Promigás, domiciliado y residente en Barranquilla, quien puede notificarse en la Calle 66 Nº 67-123 de Barranquilla, Teléfono 3713444para que dé cuenta de cuanto le conste, respecto de los proyectos ejecutados e incluidos dentro de la Solicitud Tarifaria, así como de los presupuestos;

    iii) Carlos Moreno Aguas, identificado con cédula de ciudadanía número 92025731 Gerente de Mantenimiento, domiciliado y residente en Barranquilla, quien puede notificarse en la Calle 66Nº 67-123 de Barranquilla, Teléfono 3713444, para que dé cuenta de cuanto le conste, respecto de los proyectos ejecutados e incluidos dentro de la Solicitud Tarifaria, así como de los presupuestos.

    Para el efecto y dentro se (sic) la oportunidad respectiva, presentaré el cuestionario al que haya lugar.

    6.2 Prueba pericial

    6.2.1 Peritaje técnico en Evaluación de proyectos

    De acuerdo con lo dispuesto por los artículos 233, s.s. y concordantes del Código de Procedimiento Civil, con las modificaciones introducidas por la Ley 794 de 2003, respetuosamente solicito se designe un perito, persona natural o jurídica, quien deberá contar con experiencia en la Metodología para la Evaluación de Proyectos de Construcción de Infraestructura especialmente en el área de construcción de gasoductos, con el fin de que rinda pericia, conforme con el siguiente cuestionario:

    · ¿Cuáles son los criterios utilizados para la construcción de gasoductos propios de las mejores prácticas de la industria?

    · ¿Es la topografía un único criterio válido para establecer los costos de un proyecto de construcción de gasoductos?

    · ¿Cuáles son los elementos que inciden en la ejecución del proyecto de construcción de gasoductos?

    · ¿Cuál es el manejo de la información de referencia que pueda existir de otros proyectos?

    En cualquier caso, y dentro del término legal, me reservo el derecho de modificar y complementar las preguntas anteriores.

    6.2.2 Dictamen Pericial Técnico de Revisión de Costos

    De acuerdo con lo dispuesto por los artículos 233, s.s. y concordantes del Código de Procedimiento Civil, con las modificaciones introducidas por la Ley 794 de 2003, respetuosamente solicito se designe un perito,...

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