Resolución número 003493 de 2009, por la cual se asignan recursos para la entrega de ayudas técnicas representadas en prótesis dentales totales y/o parciales mucosoportadas, en la modalidad de subsidio económico indirecto de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional que se otorgan a través del Programa de Protección Social al Adulto Mayor -PPSAM-, para los municipios de Pereira y Dosquebradas (Risaralda), Córdoba, Quimbaya, La Tebaida y Salento (Quindío), Manizales (Caldas), Santa Catalina (Bolívar) y San Marcos (Sucre). - 25 de Septiembre de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 67519426

Resolución número 003493 de 2009, por la cual se asignan recursos para la entrega de ayudas técnicas representadas en prótesis dentales totales y/o parciales mucosoportadas, en la modalidad de subsidio económico indirecto de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional que se otorgan a través del Programa de Protección Social al Adulto Mayor -PPSAM-, para los municipios de Pereira y Dosquebradas (Risaralda), Córdoba, Quimbaya, La Tebaida y Salento (Quindío), Manizales (Caldas), Santa Catalina (Bolívar) y San Marcos (Sucre).

EmisorMinisterio de Protección Social
Número de Boletín47483

El Ministro de la Proteccion Social, en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en los articulos 2° del Decreto-ley 205 de 2003 y el articulo 31 del Decreto 3771 de 2007, modificado por el articulo 1° del Decreto 3550 de 2008, CONSIDERANDO:

Que la Ley 100 de 1993, establecio un programa de auxilios para ancianos indigentes, cuyo objeto es apoyar economicamente a aquellas personas que cumplan con los requisitos previstos en la normatividad vigente.

Que el articulo 2° de la Ley 797 de 2003, modifico el literal i) del articulo 13 de la Ley 100 de 1993, creando la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional, destinada a la proteccion de las personas en estado de indigencia o de pobreza extrema, mediante la entrega de un subsidio economico que se otorga a traves del Programa de Proteccion Social al Adulto Mayor -PPSAM-.

Que el Decreto 3771 de 2007, establece en su articulo 31, que los beneficios de la Subcuenta de Subsistencia, seran otorgados en las siguientes modalidades: 1. Un subsidio economico directo, que se otorga en dinero, y 2. Un subsidio economico indirecto, que se otorga en Servicios Sociales Basicos que comprenden alimentacion, alojamiento y medicamentos o ayudas tecnicas, protesis u ortesis (elementos para atender una discapacidad y que favorecen la autonomia personal y su calidad de vida) no incluidos en el Plan Obligatorio de Salud -POS- de acuerdo con el regimen aplicable al beneficiario, ni financiadas con otras fuentes. Podra comprender medicamentos o ayudas tecnicas incluidas en el POS, cuando el beneficiario del programa no este afiliado al Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Que en los terminos del articulo 31 del Decreto 3771 de 2007, corresponde al Ministerio de la Proteccion Social definir la asignacion de cupos, el valor del subsidio economico y los componentes que se financien.

Que el Decreto 2963 de 2008, establece que cuando el subsidio economico contemple el otorgamiento de medicamentos o ayudas tecnicas, el Ministerio de la Proteccion Social podra seleccionar directamente a los beneficiarios previa convocatoria y verificacion de requisitos.

Que conforme al articulo 31 del Decreto 3771 de 2007, el Ministerio de la Proteccion Social podra entregar estas ayudas directamente o, a traves del administrador fiduciario del Fondo de Solidaridad Pensional, o de una entidad que forme parte del Sistema de Proteccion Social.

Que el componente Volver a Sonreir del Programa Volver para la adaptacion de protesis dentales a los adultos mayores que cumplan con los requisitos, se desarrollo inicialmente como prueba piloto en los municipios de Santa Cruz de Lorica (Cordoba), Pereira (Risaralda), Manizales (Caldas), Palmira (Valle del Cauca) y en Bogota D. C., teniendo un impacto positivo en la poblacion beneficiaria.

Que las autoridades locales de los municipios de Pereira y Dosquebradas (Risaralda), Cordoba, Quimbaya, La Tebaida y Salento (Quindio), Manizales (Caldas), Santa Catalina (Bolivar) y San Marcos (Sucre), durante la actual vigencia han solicitado al Ministerio de la Proteccion Social, la adaptacion de protesis dentales para su poblacion potencialmente beneficiaria, para lo cual se realizaron los cruces de bases de datos de la informacion suministrada con el fin de verificar el cumplimiento de los requisitos.

Que el municipio de Pereira, Risaralda, mediante oficio radicado con el numero 247563 del 12 de agosto del año en curso, manifesto que cuenta con 225 adultos mayores que requieren 402 protesis dentales.

Que el Secretario de Salud del municipio de Desquebradas, Risaralda, mediante oficio radicado con el numero 259547 del 21 de agosto de 2009, manifesto que cuenta con 283 adultos mayores que requieren 481 protesis dentales.

Que el Instituto Seccional de Salud del Quindio a traves del oficio radicado con el numero 234828 del 31 de julio de este año, informo que cuenta con 130 personas que requieren 260 protesis dentales en los municipios de Cordoba, Quimbaya, La Tebaida y Salento.

Que la Secretaria de Salud Publica del municipio de Manizales, Caldas, mediante Comunicacion numero 214890 del 14 de julio de 2009, solicito la adaptacion de 333 protesis dentales para 183 adultos mayores que las requieren.

Que el alcalde del municipio de Santa Catalina, Bolivar, mediante oficio radicado con el numero 214852 del 14 de julio de 2009, manifesto que cuenta con 141 adultos mayores que requieren de 282 protesis dentales. Asimismo, de acuerdo con la informacion remitida por el Consorcio Prosperar, en dicho municipio estan inscritos y habilitados 45 adultos mayores adicionales a los que se les adaptaran 90 protesis dentales.

Que de acuerdo con la informacion remitida por el Consorcio Prosperar en el municipio de San Marcos, Sucre, se encuentran inscritos y habilitados 276 adultos mayores para la adaptacion de 552 protesis dentales.

Que conforme a los oficios anteriores a los potenciales beneficiarios se les han realizado las valoraciones odontologicas y el acondicionamiento oral previo al tratamiento protesico.

Que el Grupo de Presupuesto de este Ministerio expidio el Certificado de Disponibilidad Presupuestal numero 5, de 4, de febrero de 2009, por valor de $378.993.464.409.00, para amparar la asignacion de recursos a las entidades territoriales.

Por lo anteriormente expuesto, RESUELVE:

Articulo 1° Cobertura anual

El Ministerio de la Proteccion Social otorga para la presente vigencia, dos mil cuatrocientas (2.400) protesis dentales parciales y/o totales mucosoportadas, por un valor de setecientos cuarenta y nueve millones trescientos ochenta y tres mil doscientos pesos ($749.383.200.00) a adultos mayores de los municipios de Pereira y Dosquebradas (Risaralda), Cordoba, Quimbaya, La Tebaida y Salento (Quindio), Manizales (Caldas), Santa Catalina (Bolivar) y San Marcos (Sucre), que tengan como minimo 52 años de edad si son mujeres o 57 años de edad si son hombres, clasificados en los niveles I o II del Sisben, que carezcan de rentas o ingresos suficientes para subsistir. Se trata de personas que se encuentran en una de estas condiciones: Viven solas y su ingreso mensual no supera medio salario minimo legal mensual vigente;

o viven en la calle de la caridad publica;

o viven con la familia y el ingreso familiar es inferior o igual al salario minimo legal mensual vigente, y que hayan residido los ultimos diez años (10) en el territorio nacional, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos para tal fin.

Articulo 2° Modalidad del subsidio y clase de ayuda tecnica

El Ministerio de la Proteccion Social otorgara en la modalidad de subsidio economico indirecto de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad, las protesis dentales totales y/o parciales mucosoportadas a las que se refiere el articulo 1° de la presente resolucion.

Articulo 3° Recursos

Los recursos asignados seran con cargo al Presupuesto de Gastos de Inversion del Ministerio-Programa 620 subsidios Directos Subprograma 1501 Asistencia Directa a la Comunidad-Proyecto 001, Implantacion Fondo de Solidaridad Pensional, Subcuenta de Subsistencia Recurso 16 - Fondos Especiales.

Articulo 4° Prescripcion

Las Secretarias de Salud de los municipios de que trata la presente resolucion, a traves de la Red Publica de Servicios de Salud o, Entidades Promotoras de Salud, expediran el certificado de valoracion o prescripcion odontologica de cada uno de los adultos mayores que aspiren a recibir las protesis dentales.

Articulo 5° Inscripcion

Efectuadas las convocatorias, los potenciales beneficiarios de las ayudas tecnicas requeridas deberan inscribirse presentando los siguientes documentos, ante el administrador fiduciario del Fondo de Solidaridad Pensional - Consorcio Prosperar.

  1. Formulario de solicitud.

  2. Fotocopia de la cedula de ciudadania o la contraseña expedida por la Registraduria. Nacional del Estado Civil con los respectivos elementos de seguridad. 3. Fotocopia del carne o certificado del Sisben.

  3. Valoracion o prescripcion de las protesis dentales.

Paragrafo 1°. Los adultos mayores de escasos recursos que se encuentren en proteccion de Centros de Bienestar del Adulto Mayor y aquellos que viven en la calle de la caridad publica: asi como los indigenas de escasos recursos que residen en resguardos, a quienes por dichas circunstancias no se les aplica la encuesta Sisben, podran ser identificados mediante un listado censal elaborado por la entidad territorial o la autoridad competente.

Articulo 6° Plazo

El plazo para la inscripcion sera hasta el 31 de diciembre de 2009.

Si al presentar la inscripcion ya se ha superado el numero de...

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