Resolución número 396 de 2009, por la cual se prorroga el periodo de transición para el cumplimiento de requisitos por parte de las entidades prestadoras de asistencia técnica agropecuaria, a que se refieren las Resoluciones 140 de 2007, 406 de 2008 y 161 de 2009. - 30 de Diciembre de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 74585157

Resolución número 396 de 2009, por la cual se prorroga el periodo de transición para el cumplimiento de requisitos por parte de las entidades prestadoras de asistencia técnica agropecuaria, a que se refieren las Resoluciones 140 de 2007, 406 de 2008 y 161 de 2009.

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín47578

56 El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en uso de sus atribuciones legales y, en especial, las que le confiere el articulo 5° de la Ley 1133 de 2007, y CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural expidio la Resolucion 140 del 13 de junio de 2007, "por la cual se reglamenta el Incentivo a la Productividad para el Fortalecimiento de la Asistencia Tecnica", como uno de los instrumentos del Programa "Agro, Ingreso Seguro - AIS- para mejorar la productividad del sector agropecuario nacional. Que por medio de dicho instrumento, el Gobierno Nacional financia un porcentaje de los gastos en que se incurra para la obtencion del servicio de asistencia tecnica para el desarrollo de proyectos productivos que comprendan una actividad agricola, pecuaria, acuicola y/o forestal. Que el articulo 3° de la Resolucion 140 de 2007 establece: "(...) El Incentivo a la Productividad para el Fortalecimiento de la Asistencia Tecnica solo cobijara los gastos por concepto de asistencia tecnica, si esta ha sido contratada con una entidad que cuente con una certificacion en Sistemas de Gestion de Calidad para la prestacion del servicio de asistencia tecnica agropecuaria, de acuerdo con los requisitos de la Norma Tecnica Colombiana NTC ISO 9001:2000".

de Que de acuerdo con el paragrafo del articulo 3° de la Resolucion 140 de 2007, para la entrada en vigencia de la norma anteriormente transcrita, se establecio un periodo nal de transicion hasta el 31 de diciembre de 2008, durante el cual, quien aspire a ser y beneficiario del Incentivo debera contratar la asistencia tecnica con las entidades que cumplan con los requisitos minimos y temporales contenidos en el Capitulo II de la Resolucion 140 de 2007.

Que a traves de las Resoluciones 406 de 2008 y 161 de 2009 se prorrogo el referido periodo de transicion por seis (6) meses mas, hasta el 30 de junio de 2009 y por seis (6) meses mas, hasta el 31 de diciembre de 2009, respectivamente. Que sin perjuicio de lo establecido en el paragrafo del articulo 3° de la Resolucion 140 de 2007, resulta necesario prorrogar nuevamente el periodo de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR