Resolución número 3177 de 2009, por la cual se modifica la Resolución 954 de 2009. - 13 de Noviembre de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 70636423

Resolución número 3177 de 2009, por la cual se modifica la Resolución 954 de 2009.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín47532

La Viceministra Tecnica del Ministerio de Hacienda y Credito Publico, encargada de las Funciones del Despacho del Ministro, en uso de sus facultades legales, en especial las previstas en el Decreto 1143 de 2009.

CONSIDERANDO:

Que con ocasion de la expedicion del Decreto 1143 de 2009 se emitio la Resolucion 954 de 2009 modificada por la Resolucion 1274 de 2009 y adicionada por la Resolucion 1707 de 2009, mediante la cual se imparten instrucciones relativas al procedimiento que deben adelantar los deudores individuales de vivienda que soliciten la cobertura condicionada de que trata el citado decreto.

Que dada la actual coyuntura economica se incrementa el numero de creditos destinados a facilitar las condiciones de financiacion de vivienda nueva, de los segmentos en los que el valor de venta o comercial de la vivienda de acuerdo con el avaluo del establecimiento de credito, no sobrepase los ciento treinta y cinco (135) salarios minimos mensuales legales vigentes RESUELVE:

Articulo 1°

Modificar los literales a, y b del numeral 3 del articulo de la Resolucion 954 de 2009, modificado por el articulo 1° de la Resolucion 1707 de 2009, los cuales quedaran asi: a) Vivienda cuyo valor de venta o comercial, de acuerdo con el avaluo del establecimiento de credito, sea hasta setenta (70) salarios minimos mensuales legales vigentes (SMMLV): Los primeros doce mil setecientos (12.700) creditos que se desembolsen entre el 1° de abril de 2009 y el 31 de diciembre de 2010.

  1. Vivienda cuyo valor de venta o comercial, de acuerdo con el avaluo del establecimiento de credito, sea mayor a setenta (70) SMMLV y hasta ciento treinta y cinco (135) SMMLV:

Los primeros diecinueve mil doscientos (19.200) creditos que se desembolsen entre el 1° de abril de 2009 y el 31 de diciembre de 2010.

Articulo 2° Vigencia

La presente resolucion rige a partir de la fecha de su publicacion y modifica la Resolucion 954 de 2009 modificada por la Resolucion 1274 de 2009 y adicionada por la Resolucion 1707 de 2009.

Publiquese, comuniquese y cumplase.

Dada en Bogota D.C., a 12 de noviembre de 2009.

Viceministra Tecnica del Ministerio de Hacienda y Credito Publico, encargada de las Funciones del...

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