Resoluci?n n?mero 1550 de 2014, por medio de la cual se niega una sustracci?n temporal de un ?rea de la Reserva Forestal del Pac?fico establecida por la Ley 2a de 1959 - 7 de Febrero de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 556619046

Resoluci?n n?mero 1550 de 2014, por medio de la cual se niega una sustracci?n temporal de un ?rea de la Reserva Forestal del Pac?fico establecida por la Ley 2a de 1959

EmisorMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Número de Boletín49418

La Directora de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS), en ejercicio de la función delegada por el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible mediante Resolución número 0053 del 24 de enero de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Radicado número 4120-E1-12447 del 18 de abril de 2013, la Sociedad Dowea S.A.S., solicita la sustracción temporal de un área ubicada en la Reserva Forestal del Pacífico establecida mediante la Ley 2a de 1959, para el desarrollo de trabajos de exploración minera temprana para los Contratos de Concesión Minera 6799 RMN HIBJ-11 y LC-15491 localizados en el municipio de Urrao, departamento de Antioquia;

Que la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS), mediante el Auto de Inicio número 044 del 16 de julio de 2013, procedió a realizar apertura del Expediente número SRF 0195, con el fin de continuar con el trámite correspondiente para la solicitud de sustracción temporal de un área ubicada en la Reserva Forestal del Pacífico establecida mediante la Ley 2a de 1959, para el desarrollo de trabajos de exploración minera temprana para los Contratos de Concesión Minera 6799 RMN HIBJ-11 y LC-15491 localizados en el municipio de Urrao, departamento de Antioquia;

Que mediante Oficio número 8210-E2-12447 del 5 de septiembre de 2013, esta Dirección solicita al representante legal de la Sociedad Dowea S.A.S., claridad en cuanto a la titularidad de los contratos de concesión allegados, ya que los titulares son personas jurídicas distintas al interesado que presenta la solicitud de sustracción;

Que mediante Radicado número 4120-E1-32124 del 29 de septiembre de 2013, el representante legal de la Sociedad Dowea S.A.S., solicita se dé continuidad al trámite de sustracción temporal teniendo en cuenta los argumentos expuestos en el documento de soporte donde se anexa el contrato de Cesión de Derechos y obligaciones del Título Minero número 6799 (placa HIBJ-11), suscrito por Anglogold Ashanti Colombia S. A., y Exploraciones Chocó Colombia S.A.S., respectivamente;

Que mediante Radicado número 4120-E1- 4314 del 12 de febrero de 2014, se allega por parte de la Sociedad Dowea S.A.S., copia del reporte de anotaciones en el Registro Minero Nacional de la Cesión del Contrato número HIBJ-11 a favor de la Sociedad Exploraciones Chocó Colombia S.A.S.;

Que mediante oficio con Radicado número 4120-E1-6488 del 28 de febrero de 2014 se allega copia del Certificado de Registro Minero Nacional en la que se acredita el perfeccionamiento de la Cesión del Contrato número HIBJ-11 a favor de la Sociedad Exploraciones Chocó Colombia S.A.S.;

Que mediante Radicado número 4120-E1-14239 del 2 de mayo de 2014 la Sociedad Dowea S.A.S., informa y allega las coordenadas donde se modifica la ubicación de las instalaciones temporales y móviles asociadas al proyecto de exploración minera temprana en el municipio de Urrao;

Que mediante Radicado número 4120-E1-19633 del 12 de mayo de 2014 la Empresa Dowea S.A.S., allega la información vectorial de las áreas específicas en las cuales se ubicarán las instalaciones temporales y móviles asociadas al proyecto de exploración minera temprana Urrao.

Fundamentos técnicos

Que la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en ejercicio de la función establecida en el numeral 3 del artículo 16 del Decreto-ley 3570 de 2011, emitió Concepto Técnico número 089 del 16 de julio de 2014, en el cual se analizó la información allegada por la Sociedad Dowea S.A.S., respecto a la solicitud de sustracción temporal de un área ubicada en la Reserva Forestal del Pacífico establecida mediante la Ley 2a de 1959, para el desarrollo de trabajos de exploración minera temprana para los Contratos de Concesión Minera número 6799 RMN HIBJ-11 y LC-15491 localizados en el municipio de Urrao, departamento de Antioquia.

Que el mencionado concepto señala:

"(...)

2. Documento técnico

La información que se presenta a continuación es extraída del documento técnico denominado "Estudio ambiental para la solicitud de sustracción temporal de un área en Zona de Reserva Forestal del Pacífico para el desarrollo del Proyecto de Exploración Minera Temprana Urrao", radicado mediante Oficio número 4120-E1-12447 del 18 de abril de 2013, como requisito previo para la solicitud de sustracción temporal de un área perteneciente a la Zona de Reserva Forestal del Pacífico, establecida por la Ley 2a de 1959, para exploración.

2.1. Presentación

A partir de 2007, la Empresa ha venido desarrollando trabajos de prospección y exploración minera en diferentes regiones del país reconocidas por su potencial geológico, siguiendo las siguientes fases de estudio:

Fase I: Implica el reconocimiento y muestreo de una zona en la que se presentan afloramientos naturales, permitiendo la identificación de sectores que presentan una sustancia mineralizada.

Fase II: Implica el desarrollo de actividades, como muestreos de sedimentos, suelo y rocas; conformación de apiques y trincheras; estudios geofísicos por métodos gravimétricos, magnetométricos, eléctricos y electromagnéticos; los cuales permiten definir el potencial del yacimiento mineral, para así establecer puntos estratégicos de perforación.

Fase III: Consiste en establecer la ubicación y características de un yacimiento mineral, la cantidad y calidad económicamente explotables, y la viabilidad técnica de extraerlos, mediante la perforación de pozos.

En el 2013, la Empresa prevé desarrollar trabajos de exploración minera temprana, mediante perforación diamantina, en un área específica del municipio de Urrao, en calidad de operador de los Contratos de Concesión Minera número 6799 inscrito en el Registro Minero Nacional el 4 de febrero de 2008, y Concesión Minera número ILC-15491 inscrito en el Registro Minero Nacional el 4 de noviembre de 2010.

Los trabajos de exploración minera del subsuelo que se proyectan ejecutar, están encaminados a establecer la existencia y ubicación de cobre, mediante el establecimiento de plataformas de perforación e instalaciones de apoyo temporales y móviles, siendo los resultados del análisis de las muestras de roca obtenidas, las que permitirán determinar si el proyecto es técnica y económicamente viable para continuar a una fase de perforación exploratoria para determinar la geometría del depósito.

2.2. Ubicación geográfica de las actividades

El proyecto de exploración minera temprana se localiza en el municipio de Urrao, departamento de Antioquia, al interior de un polígono de interés (1096,43 hectáreas) delimitado por las coordenadas de la Tabla número 1 y la Imagen número 1.

Tabla número 1 Coordenadas del polígono de interés. Magna Sirgas Origen Oeste

ID Magna Sirgas origen oeste (MSW)
Norte Este
1 1204049.28 1077239.04
2 1204063.1 1079174.89
3 1202957.5 1079178.58
4 1202961.7 1079528.64
5 1202158.77 1079531.86
6 1202160.34 1080130.04
7 1200459.67 1080139.25
8 1200452.47 1076032.64
9 1202242.7 1076025.35
10 1202247.66 1077335.42

Fuente: Dowea S.A.S. (2013) página 14.

Imagen número 1 Polígono del área de interés

Fuente: Dowea S.A.S. (2013). Página 15.

2.3. Áreas de Influencia Directa (AID) e Indirecta (AII)

El AID del Proyecto Urrao corresponde al polígono que delimita las plataformas de perforación proyectadas. El AII es estimado, hidrológicamente, a partir de las cuencas asociadas a las principales corrientes de estudio.

2.4. Área a sustraer

El área solicitada a sustraer para el desarrollo de los trabajos de exploración minera temprana por método de subsuelo, se compone de veinte (20) plataformas de perforación, cada una de 100 metros cuadrados, incluido en esta, un espacio para el alojamiento del personal de perforación; cuatro (4) helipuertos asociados a las plataformas de perforación, cada uno de 2000 metros cuadrados; y una zona de 3000 metros cuadrados, en donde se ubican un helipuerto y campamento principal.

En ninguna de estas áreas se realizarán obras de infraestructura, solo el despeje de la vegetación para la instalación de la máquina de perforación y sus componentes y el montaje de carpas autoportables para el alojamiento del personal. El campamento principal contará con carpas de estructura metálica para dormitorios, oficina, rancho (cocina-comedor) y bodega. Cabe anotar, que en el helipuerto y campamento principal (Id. 2), no se requerirá la remoción de cobertura vegetal, pues fue despejada y utilizada en su momento por colonos para el establecimiento de cultivos transitorios de pancoger.

Tabla número 2 Coordenadas planas del área solicitada a sustraer

Fuente: Dowea S.A.S (2013). Páginas 18 y 19.

En conclusión, el área total requerida en sustracción para el desarrollo de los trabajos de exploración minera temprana es de 1,3 hectáreas (13000 m2), equivalente al 0,12% del polígono de interés del proyecto; en donde se establecerán 20 plataformas, cada una de 100 m2, para un total de...

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