Resolución 000015, por la cual se modifica parcialmente la Resolución 3500 del 21 de noviembre de 2005, modificada por las Resoluciones 2200 del 30 de mayo de 2006 y 5975 del 28 de diciembre de 2006 - 19 de Enero de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43245747

Resolución 000015, por la cual se modifica parcialmente la Resolución 3500 del 21 de noviembre de 2005, modificada por las Resoluciones 2200 del 30 de mayo de 2006 y 5975 del 28 de diciembre de 2006

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín46516

Los Ministros de Transporte y de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 53 de la Ley 769 de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que los Ministerios de Transporte y Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, expidieron la Resolución 3500 de noviembre 21 de 2005 ¿por la cual se establecen las condiciones mínimas que deben cumplir los centros de diagnóstico automotor para realizar las revisiones técnico-mecánicas y de gases de los vehículos automotores que transiten por el territorio nacional¿;

Que la Resolución 3500 de 2005 fue modificada por las Resoluciones 2200 del 30 de mayo de 2006 y 5975 del 28 de diciembre de 2006;

Que de acuerdo con el número de centros de diagnóstico automotor habilitados a la fecha y con el crecimiento proyectado de los mismos para atender la demanda dentro de los términos programados para la revisión técnico-mecánica y de gases, para los vehículos públicos y diferente al servicio público y clase motocicletas, se hace necesario redefinir la actual programación y ampliar los potenciales operadores del servicio de revisión técnico-mecánica y de gases;

RESUELVEN:

Artículo 1° Modificar el artículo 4° de la Resolución 3500 del 21 de noviembre de 2005, así:
Artículo 4° Prohibición y destinación específica

Los centros de diagnóstico automotor estarán destinados exclusivamente a la revisión técnico-mecánica y de gases. Los centros de diagnóstico automotor no podrán realizar actividades afines o similares con dicha revisión como labores de reparación, mantenimiento y/o venta de repuestos.

Los talleres de mecánica interesados en prestar el servicio de las revisiones técnico-mecánica y de gases deberán habilitarse cumpliendo todas las exigencias previstas en esta resolución para los centros de diagnóstico automotor, pero no podrán continuar realizando actividades afines tal como lo prevé el inciso anterior.

Las empresas prestadoras de servicio público que administren totalmente su parque automotor, podrán implementar centros de diagnóstico automotor...

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