Resolución 000289, por la cual se cede a título gratuito un predio fiscal - 22 de Mayo de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43157313

Resolución 000289, por la cual se cede a título gratuito un predio fiscal

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana
Número de Boletín44430

DIARIO OFICIAL 44.430 RESOLUCIÓN 000289 26/12/2000 por la cual se cede a título gratuito un predio fiscal. El Director del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, Regional Magdalena, en ejercicio de sus atribuciones legales, en desarrollo de lo dispuesto por el artículo 58 de la Ley 9ª de 1989 y de conformidad con lo previsto por el artículo 95 de la Ley 388 de 1997 y la Resolución número 1631 del 29 de noviembre de 2000 expedida por el Gerente General, RESUELVE: Artículo 1°. Cesión. Ceder a título gratuito a favor de la señora Ruth Cecilia Bolaño Escorcia, identificada con la cédula de ciudadanía número 36536540 expedida en Santa Marta, con nomenclatura urbana Transversal 17 número 30B-11, ubicado en el municipio de Santa Marta, del departamento de Magdalena, con un área de 198 m2 identificado con el número predial 001-01-05-0102-0025-000, cuyos linderos se definen en el plano predial número 47-001-01-05-0102-0025-000, el cual se anexa para que forme parte de la presente resolución. Artículo 2°. Prohibición de enajenar. De conformidad con lo previsto en el artículo 95 de la Ley 388 de 1997, concordante con el artículo 8° de la Ley 3ª de 1991, el beneficiario de esta cesión no podrá transferir el inmueble antes de haber transcurrido cinco (5) años desde la fecha del presente acto administrativo, salvo permiso de esta entidad fundado en razones de fuerza mayor. Artículo 3°. Condición resolutoria y restitución del bien. De conformidad con lo previsto por el artículo 9° literales a), b) y c) del Decreto 540 de 1998, el incumplimiento de la obligación contenido en el artículo anterior constituye causal de resolución del acto de transferencia del predio fiscal que se cede a título gratuito mediante esta providencia. Así mismo, el beneficiario del presente acto administrativo deberá restituir el inmueble objeto de esta cesión, cuando se le compruebe que existió falsedad o imprecisión en los documentos presentados para acreditar los requisitos establecidos por las...

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