Resolución 00049, por la cual se delega en la Asociación Nacional de Criadores de Razas Criollas y Colombianas, la función de abrir, registrar y llevar los libros genealógicos de las razas de ganado bovino puro criollo colombiano - 4 de Marzo de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43172500

Resolución 00049, por la cual se delega en la Asociación Nacional de Criadores de Razas Criollas y Colombianas, la función de abrir, registrar y llevar los libros genealógicos de las razas de ganado bovino puro criollo colombiano

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín44729

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en uso de las facultades otorgadas por el artículo 4° de la Ley 427 de 1998, y

CONSIDERANDO:

¿ Que la Ley 427 de 1998 ¿por la cual se reglamentan los títulos genealógicos, las exhibiciones, los espectáculos para los semovientes de razas puras del sector equino y bovino y se crean mecanismos para su protección y propagación¿, estableció en su artículo 4°, que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural llevará los libros genealógicos oficiales, pero podrá delegar tal función en las entidades más representativas de cada raza de ganado equino y bovino, para que con carácter oficial abran, registren y lleven los libros genealógicos de las razas puras del país o las importadas, al igual para que expidan las certificaciones e indica, igualmente, que se llevará un libro único por cada una de las razas bovinas puras.

¿ Que la Asociación Nacional de Criadores de Razas Criollas y Colombianas, anteriormente denominada Asociación Colombiana de Criadores de Ganado Blanco Orejinegro, Asobon, con domicilio en la ciudad de Pereira, es una Organización Gremial Agropecuaria, del orden nacional, sin ánimo de lucro, con Personería Jurídica vigente, reconocida mediante la Resolución número 0224 del 11 de abril de 1989, debidamente inscrita en la Cámara de Comercio de Pereira el día 17 de diciembre de 1997, bajo el número 1219 del libro asignado a las entidades sin ánimo de lucro, ha solicitado por intermedio de su Presidente, doctor Alonso Restrepo De León, que se le delegue la función de abrir, registrar y llevar los libros genealógicos de las razas de ganado bovino puro criollo colombiano.

¿ Que la Asociación Nacional de Criadores de Razas Criollas y Colombianas, cumple con los requisitos exigidos por el artículo 4° de la citada ley, para ser entidad delegada, tal como lo certifica el Director de Cadenas Productivas del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, en su Memorando número 0709 del 11 de febrero de 2002, con fundamento en la visita practicada por los...

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