Resolución 001, por la cual se constituye como resguardo, en beneficio de la comunidad indígena Embera de Villa Nueva Juna, cuatro globos de terreno integrados por un área de propiedad de la parcialidad y baldíos nacionales, localizado en jurisdicción del municipio de Bahía Solano, departamento del Chocó - 30 de Junio de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43177558

Resolución 001, por la cual se constituye como resguardo, en beneficio de la comunidad indígena Embera de Villa Nueva Juna, cuatro globos de terreno integrados por un área de propiedad de la parcialidad y baldíos nacionales, localizado en jurisdicción del municipio de Bahía Solano, departamento del Chocó

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de la Reforma Agraria
Número de Boletín44851

La Junta Directiva del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora, en uso de las facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por el numeral 18 del artículo 12 e inciso 2 del artículo 85 de la Ley 160 de 1994 y el artículo 30, literal Ll) de los estatutos del Incora, y

CONSIDERANDO:

El Expediente 42.392 contiene las diligencias administrativas tendientes a la constitución de un resguardo de tierras, en beneficio de la comunidad indígena Embera de Villa Nueva Juna, asentada en jurisdicción del municipio de Bahía Solano, departamento del Chocó;

Atendiendo la solicitud de la comunidad indígena en la concertación de linderos con la Comunidad Negra de Juna y el Consejo Comunitario Los Delfines de diciembre 1° de 2000, el Incora Regional mediante auto de julio 12 de 2001 ratificó las actuaciones realizadas por los funcionarios de Incora Chocó, en el territorio ocupado por la comunidad indígena de Villa Nueva Juna, con ocasión de la visita técnica ordenada con Resolución número 0198 de octubre 19 de 2000 al Consejo Comunitario de la Costa Pacífica Norte del Chocó ¿Los Delfines¿ y designó la elaboración del correspondiente estudio socioeconómico, jurídico y de tenencia de tierras, el cual en su capítulo de conclusiones y recomendaciones aconseja la constitución del resguardo (folios 2 a 12);

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto Reglamentario 2164 de 1995, el Incora a través de la Subgerencia de Ordenamiento Social de la Propiedad, con auto de noviembre 15 de 2001 ordenó el envío del expediente a la Dirección General de Asuntos Indígenas del Ministerio del Interior para que se emitiera concepto previo sobre la constitución del resguardo, el cual fue proferido favorablemente, mediante oficio DGAI 4717 de diciembre 26 de 2001 (folios 84 a 87).

Del estudio socioeconómico, jurídico y de tenencia de tierras realizado en diciembre de 2000, visible a folios 26 a 61, se destacan los siguientes aspectos:

Ubicación, área y población

La comunidad indígena Embera de Villa Nueva Juná, está ubicada sobre la margen derecha aguas debajo de la quebrada Juná, afluente del Oceáno Pacífico, en jurisdicción del corregimiento de Huina, municipio de Bahía Solano, departamento del Chocó.

El área a constituir como resguardo es de 428 hectáreas, aproximadamente, según plano de Incora con número de archivo I-630.282 de diciembre de 2000.

La población beneficiada es de 13 familias integradas por 68 personas, de las cuales 33 son hombres (el 48.5%) y 35 mujeres (el 51.5%).

Clima, hidrografía y suelos

El territorio donde se encuentra asentada la comunidad pertenece al clima cálido super húmedo mesotermal, según la clasificación de C.W. Thornthwaite, tipo AFI tropical lluvioso de selva, según W. Köeppen o, clima cálido súper húmedo de acuerdo con la clasificación Caldas-Lang. El clima corresponde a ecosistemas de bosque pluvial premontano y la temperatura media es de 25.6 a 26.6° centígrados, el viento presenta un promedio diario de 1.5 metros por segundo, la precipitación oscila entre 4.000 y 8.000 mm y la humedad relativa se encuentra entre el 84 y 87%.

El río Chadó es la principal arteria del resguardo, recoge entre otras las quebradas Juná, Junacito, Chadó, Chadocito, Brava, Pava y Polo, entre otras; estas corrientes son utilizadas para el transporte en épocas de invierno o como delimitación; ninguna de las corrientes tiene usos para regadío y se utilizan para consumo doméstico las aguas de caños adyacentes a las comunidades.

Los suelos presentan una topografía quebrada de colinas onduladas y muy onduladas a quebradas, desarrolladas a partir de materiales sedimentarios, de origen volcánico con un extenso desarrollo de suelos residuales, pendientes superiores al 10% de origen aluvial, moderada a imperfectamente drenados, son pobres en contenido de materia orgánica y tienen una mineralogía mixta con texturas medias a moderadamente finas, tienen alto contenido de...

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