Resolución 001265, por la cual se adoptan los formatos para el giro de los recursos de la ¿Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga¿, a las entidades territoriales y para el trámite de giro sin situación de fondos a las Administradoras del Régimen Subsidiado, ARS. - 27 de Junio de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43194118

Resolución 001265, por la cual se adoptan los formatos para el giro de los recursos de la ¿Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga¿, a las entidades territoriales y para el trámite de giro sin situación de fondos a las Administradoras del Régimen Subsidiado, ARS.

EmisorMinisterio de Salud
Número de Boletín45231

El Ministro de la Protección Social, en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en los artículos 54 del Decreto 1283 de 1996 y 2 numerales 13 y 22 del Decreto 205 de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 1283 de 1996, por el cual se reglamenta el funcionamiento del Fondo de Solidaridad y Garantía del Sistema General de Seguridad Social en Salud, en su artículo 54 prevé que los sistemas de información, formatos y demás soportes y documentos que se utilicen para el envío de la información que se deriven del funcionamiento del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, serán establecidos mediante resolución expedida por el Ministerio de Salud;

Que para efectuar el giro de los recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, de que trata el literal d) del artículo 23 del Decreto 050 de 2003, a las entidades territoriales les corresponde como requisito previo, entre otros, expedir una certificación de los contratos de administración de recursos suscritos con las Administradoras del Régimen Subsidiado (ARS);

Que el literal e) del artículo 24 del Decreto 050 de 2003 autoriza el giro directo de los recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fosyga a las Administradoras del Régimen Subsidiado, ARS, por razones de orden público;

Que el artículo 25 del Decreto 050 de 2003 prevé que para efectuar el giro sin situación de fondos de los recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fosyga de que trata el literal a) del artículo 24 del citado decreto, las Administradoras del Régimen Subsidiado (ARS) deben formular la correspondiente solicitud ante el Ministerio de Salud;

Que una vez recibida la solicitud para el giro d irecto de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, de que trata el considerando anterior, el Ministerio deberá solicitar a las entidades territoriales la información sobre el estado de cuenta del contrato de administración de recursos del Régimen Subsidiado según las condiciones establecidas en los artículos 25 y 28 del Decreto 050 de 2003;

Que el artículo 47 del Decreto 205 de 2003 establece que todas las referencias legales de los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Salud que se encuentran vigentes, deben entenderse referidas al Ministerio de la Protección Social;

Que en cumplimiento de la obligación que tiene este Ministerio de definir los formatos correspondientes para el efecto, este Despacho,

RESUELVE:

Artículo 1º Para efectos de realizar el giro de los recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, de que tratan los artículos 23, 24, 25 y 28 del Decreto 050 de 2003, adóptense los formatos e instructivos correspondientes, los cuales forman parte de la presente resolución, así:
  1. Formato para la certificación de contratos de administración de recursos del Régimen Subsidiado, para ser diligenciado por las entidades territoriales, como requisito previo para el giro directo de los recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, a las ARS, en aplicación del literal d) del artículo 23 del Decreto 050 de 2003 (Formato número 1).

  2. Formato de solicitud por parte de las Administradoras del Régimen Subsidiado (ARS) para que les giren los recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, en aplicación del literal a) del artículo 24 del Decreto 050 de 2003 (Formato número 2).

  3. Formato de certificación por parte de la entidad territorial, para el giro sin situación de fondos a las Administradoras del Régimen Subsidiado (ARS) de los recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, en aplicación del artículo 25 del Decreto 050 de 2003 (Formato número 3).

  4. Formato de solicitud por parte de la entidad territorial, para el giro sin situación de fondos a las Administradoras del Régimen Subsidiado (ARS) de los recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, en aplicación del literal e) del artículo 24 del Decreto 050 de 2003 (Formato número 4).

Artículo 2º

El giro de los recursos de que trata la presente resolución, está sujeto al correcto diligenciamiento de los medios físicos, el ingreso exacto de los datos en los medios magnéticos que se dispongan para el efecto, la veracidad de la información y la presentación de los formatos señalados en el artículo anterior, ante el Ministerio de la Protección Social en los términos y condiciones señalados por el Decreto 050 de 2003.

Artículo 3º Vigencia

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 29 de mayo de 2003.

El Ministro de la Protección Social,

Diego Palacio Betancourt.

Ministerio de la Proteccion Social

Instructivo para el diligenciamiento del formato de solicitud por parte de las Administradoras del Régimen Subsidiado para el giro de los recursos de la Subcuenta de solidaridad del Fosyga (artículo 24, literal a) del Decreto 050 de 2003)

FORMATO NUMERO 2

  1. Información general de la ARS solicitante

    Corresponde a la información general de la persona jurídica que solicita el giro directo a la ARS.

    1.1 Razón social / nombre: Registre el nombre completo de la ARS.

    1.2 NIT: Suministre el Número de Identificación Tributaria asignado por la DIAN.

    1.3 Código Supersalud: Corresponde al código asignado por la Superintendencia Nacional de...

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