Resolución 0017, por medio de la cual se aclaran unas resoluciones y se dictan otras disposiciones. - 26 de Junio de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43238079

Resolución 0017, por medio de la cual se aclaran unas resoluciones y se dictan otras disposiciones.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección Nacional de Estupefacientes
Número de Boletín46311

El Consejo Nacional de Estupefacientes, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley 30 de 1986 y los artículos 1º y 29 del Decreto Legislativo 1146 de 1990, adoptado como legislación permanente por el artículo 4º del Decreto 2272 de 1991,

CONSIDERANDO:

Que es función del Consejo Nacional de Estupefacientes fijar las políticas, planes y programas que deben adelantar las entidades públicas en el marco de la lucha contra la producción, comercio y uso de drogas que produzcan dependencia, señalando las campañas y acciones específicas que cada una de ellas deba adelantar;

Que el artículo 29 del Decreto Legislativo 1146 de 1990, adoptado como legislación permanente por el artículo 4° del Decreto 2272 de 1991, faculta al Consejo Nacional de Estupefacientes para que, cuando lo estime necesario, prohíba o restrinja el almacenamiento, conservación o transporte de los productos indicados en el mismo, así como de aquellos que determine puedan ser utilizados para el procesamiento, fabricación o transformación de narcóticos o drogas que produzcan dependencia psíquica o física, en ciertos sectores del territorio nacional y delimite zonas de restricción o prohibición siguiendo las divisiones políticas que consagra la legislación o por coordenadas geográficas, o de cualquier otra forma que considere conveniente;

Que mediante la Resolución número 011 de 1º de noviembre de 2002, el Consejo Nacional de Estupefacientes sometió a control especial la venta, el consumo, la distribución, el almacenamiento y el transporte de cemento gris, gasolina, urea amoniacal, Aceite Combustible Para Motor (ACPM) y kerosene (petróleo) en los municipios de Barbacoas, Tumaco, Ricaurte, Túquerres, Samaniego, Policarpo, Ipiales y Guapi del departamento de Nariño;

Que con Resolución número 016 de 30 de julio de 2004, el Consejo Nacional de Estupefacientes aumentó los controles para el transporte de gasolina, Aceite Combustible Para Motor (ACPM) y kerosene (petróleo) y sometió al...

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