Resolución 001721, por la cual se designan los miembros del Tribunal Nacional de Etica Médica - 2 de Enero de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43187637

Resolución 001721, por la cual se designan los miembros del Tribunal Nacional de Etica Médica

EmisorMinisterio de Salud
Número de Boletín45051

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social Encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Salud, en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferida por el artículo 64 de la Ley 23 de 1981, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 64 de la Ley 23 de 1981. establece que el Tribunal Nacional de Etica Médica estará integrado por cinco profesionales de la medicina, elegidos por el Ministerio de Salud de una lista de candidatos de los cuales cuatro serán propuestos por la Federación Médica Colombiana, tres por la Academia Nacional de Medicina y tres por las Facultades de Medicina legalmente aprobadas;

Que de conformidad con la norma citada anteriormente, la Academia Nacional de Medicina, la Federación Médica Colombiana y Ascofame, enviaron la lista de candidatos propuestos para integrar el Tribunal Nacional de Etica Médica, para un período de dos (2) años;

Que remitidas las hojas de vida de los candidatos propuestos al Ministerio de Salud, se procedió a seleccionar los integrantes del mencionado Tribunal, por cuanto cumplen con los requisitos señalados en el artículo 65 de la Ley 23 de 1981,

RESUELVE:

Artículo 1° Integrar el Tribunal Nacional de Etica Médica para un período de dos (2) años, contados a partir de la ejecutoria de la presente providencia por los siguientes profesionales:

Doctor Juan José Mendoza Vega C. C. No. 120902 de Bogotá

Doctor Efraín Otero Ruiz C. C. No. 116092 de Bogotá

Doctor Jaime Fernando Guzmán Mora C. C. No. 19136004 de Bogotá

Doctor Carlos Alberto Gaviria Neira C. C. No. 17147707 de Bogotá

Doctor Gustavo Pradilla Ardila C. C. No. 13802939 de Bucaramanga

Artículo 2° Los integrantes designados del Tribunal Nacional de Etica Médica deberán tomar posesión de sus cargos ante el Ministro de Salud de conformidad con lo previsto en el artículo 66 de la Ley 23 de 1981.
Artículo 3° La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos desde su ejecutoria.

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