Resolución 003, por la cual Minercol Ltda., reglamenta el funcionamiento de las Cajas Menores - 7 de Febrero de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43132070

Resolución 003, por la cual Minercol Ltda., reglamenta el funcionamiento de las Cajas Menores

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín43881

DIARIO OFICIAL 43.881 RESOLUCIÓN 003 01/02/2000 por la cual Minercol Ltda., reglamenta el funcionamiento de las Cajas Menores. El Presidente de la Empresa Nacional Minera Ltda., Minercol Ltda., en uso de sus facultades legales y estatuarias, CONSIDERANDO: Que las Cajas Menores funcionan con Recursos del Presupuesto General de la Nación; Que la constitución y funcionamiento de las Cajas Menores autorizadas por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para Minercol Ltda., se rige por lo establecido en la Resolución número 002 de enero 1° de 2000 de ese Ministerio; Que Minercol Ltda., mantendrá la operación y funcionamiento de las siguientes Cajas Menores, autorizadas por la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. 1. División de Recursos Físicos - Santa Fe de Bogotá. 2. Gerencia Operativa Regional número 1 Nobsa. 3. Gerencia Operativa Regional número 2 Ubaté. 4. Gerencia Operativa Regional número 3 Jamundí. 5. Gerencia Operativa Regional número 4 Zulia. 6. Gerencia Operativa Regional número 5 Amagá. 7. Oficina Marmato. 8. Gerencia Operativa Regional número 6 La Jagua de Ibirico. 9. Oficina de Barrancas. 10. Gerencia Operativa Regional número 7, Bucaramanga. 11. Gerencia Operativa Regional número 8, Ibagué. 12. Gerencia Operativa Regional número 9, Pasto. 13. Gerencia Operativa Regional número 10 Quibdó. Que Minercol Ltda., reglamenta el procedimiento para el manejo y administración de las trece (13) Cajas Menores. Que en aplicación de los principios rectores de la función pública se hace necesario una adecuada capacitación para los responsables de la administración y manejo de las Cajas Menores y es conveniente divulgar la metodología para el uso, acceso y legalización de las mismas, RESUELVE: Artículo 1°. Establecer la cuantía y funcionamiento para la vigencia fiscal del 2000 en el manejo y operatividad de las Cajas Menores de Minercol Ltda., con la finalidad de efectuar gastos y avances de menor cuantía que tengan el carácter de urgentes e imprescindibles, siempre y cuando los desembolsos individualmente considerados no excedan de un (1) salario mínimo mensual legal vigente, es decir, doscientos sesenta mil cien pesos ($260.100.00) moneda corriente. Artículo 2°. Mantener la operatividad y ubicación de las siguientes Cajas Menores: 1. División de Recursos Físicos Santa Fe de Bogotá 2. Gerencia Operativa Regional número 1, Nobsa. 3. Gerencia Operativa Regional número 2, Ubaté. 4. Gerencia Operativa Regional número 3, Jamundí. 5. Gerencia Operativa Regional número 4, Zulia. 6. Gerencia Operativa Regional número 5, Amagá. 7. Oficina Marmato. 8. Gerencia Operativa Regional número 6, La Jagua de Ibirico. 9. Oficina de Barrancas. 10. Gerencia Operativa Regional número 7, Bucaramanga. 11. Gerencia Operativa Regional número 8, Ibagué. 12. Gerencia Operativa Regional número 9, Pasto. 13. Gerencia Operativa Regional número 10, Quibdó. Artículo 3°. Las cajas menores establecidas en el artículo anterior se constituyen en cada una de las dependencias de las cuales son responsables quienes las administren y/o manejen, por los siguientes salarios mínimos legales mensuales vigentes: 1. División de Recursos Físicos de Minercol Ltda., en Santa Fe de Bogotá, treinta (30) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Clase de gastos a cubrir con estos recursos: Gastos generales Adquisición de bienes Adquisición de servicios Impuestos y multas Responsables: De la...

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