Resolución 0030, por la cual se modifican parcialmente los artículos 2° y 4° de la Resolución 0201 del 10 de diciembre de 1999 - 17 de Febrero de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43132608

Resolución 0030, por la cual se modifican parcialmente los artículos 2° y 4° de la Resolución 0201 del 10 de diciembre de 1999

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de la Economía Solidaria
Número de Boletín43897

DIARIO OFICIAL 43.897 RESOLUCIÓN 0030 16/02/2000 por la cual se modifican parcialmente los artículos 2° y 4° de la Resolución 0201 del 10 de diciembre de 1999. El Superintendente de la Economía Solidaria, en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas en los artículos 6º, numeral 2, literal e) y 8º, numeral 3 del Decreto 1401 del 28 de julio de 1999, y CONSIDERANDO: Primero. Que el artículo 6º, numeral 2, literal e) del Decreto 1401 de 1999, establece, dentro de las funciones respecto de las entidades cooperativas que ejercen la actividad financiera, "posesionar y tomar juramento a los directores, revisores fiscales, presidentes, vicepresidentes, gerentes, subgerentes y, en general a quienes tengan la representación legal de las entidades vigiladas, excepto los gerentes de sucursales". Segundo. Que el artículo 8º, numeral 3 ibídem, consagra como una de las funciones del Superintendente de la Economía Solidaria, "expedir los actos administrativos y los reglamentos o manuales o instructivos que sean necesarios para el cabal cumplimiento de la Superintendencia" . Tercero. Que en tal virtud, se expidió la Resolución número 0201 del 10 de diciembre de 1999, mediante la cual se fijaron los requisitos para la posesión de los miembros de los Consejos de Administración, Juntas de Vigilancia, Representantes Legales y Revisores Fiscales, tanto titulares como suplentes, de las Entidades Cooperativas que ejercen actividad financiera. Cuarto. Que es necesario modificar algunos aspectos contenidos en la citada Resolución 0201, RESUELVE: Artículo 1°. Modificar los parágrafos 1° y 3° del artículo 2° de la Resolución 0201 de 1999, los cuales quedarán así: "Parágrafo 1°. Para efectos de que la Superintendencia de la Economía Solidaria pueda verificar la idoneidad, la solvencia moral y la situación patrimonial del interesado, éste deberá aportar, además, los siguientes documentos: "a) Certificado de antecedentes judiciales o de policía expedidos por el Departamento Administrativo de Seguridad, DAS...

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