Resolución 003000, por la cual se concede un permiso para el cierre total de la carretera Santa Fe de Bogotá, Ubaté, sector Zipaquirá - Ubaté, en el PR31+050, entre las 9:00 horas hasta las 13 horas de los días 31 de julio y 1° de agosto de 2000, y para un cierre parcial a un carril el 2, 3 y 4 de agosto de 2000, con el fin de ejecutar trabajos de restauración geomorfológica y ambiental del talud izquierdo. - 1 de Agosto de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43139661

Resolución 003000, por la cual se concede un permiso para el cierre total de la carretera Santa Fe de Bogotá, Ubaté, sector Zipaquirá - Ubaté, en el PR31+050, entre las 9:00 horas hasta las 13 horas de los días 31 de julio y 1° de agosto de 2000, y para un cierre parcial a un carril el 2, 3 y 4 de agosto de 2000, con el fin de ejecutar trabajos de restauración geomorfológica y ambiental del talud izquierdo.

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vías
Número de Boletín44109

DIARIO OFICIAL 44.109 RESOLUCIÓN 003000 25/07/2000 por la cual se concede un permiso para el cierre total de la carretera Santa Fe de Bogotá, Ubaté, sector Zipaquirá - Ubaté, en el PR31+050, entre las 9:00 horas hasta las 13 horas de los días 31 de julio y 1° de agosto de 2000, y para un cierre parcial a un carril el 2, 3 y 4 de agosto de 2000, con el fin de ejecutar trabajos de restauración geomorfológica y ambiental del talud izquierdo. El Secretario General Técnico, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en especial de las que le confiere el numeral 10 del artículo 10 del Decreto 081 del 28 de enero de 2000, y CONSIDERANDO: Que el señor Pablo Enrique Rincón Murcia solicitó mediante comunicación fechada el 11 de abril de 2000 en Zipaquirá, el cierre total de la carretera Santa Fe de Bogotá - Ubaté, sector Zipaquirá - Ubaté, en el PR31+050, entre las 6:00 horas hasta las 18 horas de los días 24, 25 y 26 de abril de 2000, con el fin de ejecutar trabajos de restauración geomorfológica y ambiental del talud izquierdo; Que el señor Pablo Enrique Rincón Murcia anexó al oficio anteriormente señalado un informe resumido de los aspectos técnicos y diagnóstico ambiental a emplear para la restauración geomorfológica del área por explotación de arena, por solicitud de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, Car, Regional Zipaquirá; Que la solicitud del señor Pablo Enrique Rincón Murcia se encuentra igualmente Firmada por el Ingeniero Jesús Antonio Ruiz Espinel como Especialista en Ingeniería Ambiental; Que mediante el Auto No. 00-884 la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, Car, Regional Zipaquirá, declaró formalmente abierto el expediente No. 001817 que contiene los requerimientos de carácter ambiental formulados en los informes de visita consignados en el memorando RZ-CCA-R-189 del 6 de septiembre de 1999 y memorando RZ-CCA-E-2.031 del 23 de octubre de 1999; Que mediante el Auto No. 00-884 mencionado anteriormente, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, CAR, Regional Zipaquirá, dio un término de dieciocho meses al señor Pablo Enrique Rincón Murcia, para que ejecute un Plan de Restauración Ambiental; Que mediante el mismo Auto, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, CAR, Regional Zipaquirá, recomendó al señor Pablo Enrique Rincón Murcia, requerir a Invías para que tome las medidas urgentes con el fin de minimizar y controlar los impactos ambientales, generados por los derrumbes ocasionados...

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