Resolución 004, por la cual se delegan unas funciones de la División de Devoluciones de la Administración de Impuestos Naciones de Medellín. - 18 de Octubre de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43242876

Resolución 004, por la cual se delegan unas funciones de la División de Devoluciones de la Administración de Impuestos Naciones de Medellín.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín46425

La Administradora de Impuestos Nacionales de Medellín y la Jefe de la División de devoluciones, en uso de las facultades conferidas por el artículo 40 del Decreto 1071 de 1999 y de conformidad con el artículo 34 del Decreto 1265 de 1999, artículo 814 y ss. del Estatuto Tributario 850 y ss. Decreto 2627 de 1993, 1000 de 1997, 2126 de 1997, artículos 548 y ss. Decreto 2685 de 1999, artículo 54 de la Ley 550 de 1999 y Decreto Reglamentario número 222 de 2000, artículos 49 y 50 de la Ley 633 de 2000; artículos 37 y 38 del Decreto 1071 de 1999, incisos 2° y 3° del artículo 29 del Decreto 1072 de 1999, Circular 017 del 20 de agosto de 1999, modificada y adicionada por la Circular 074 del 30 de septiembre de 1999, adicionada esta última por la Circular 096 del 22 de octubre de 1999 en observancia de lo preceptuado por los artículos 10 y 11 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

  1. Que los artículos 36 y 50 de la Resolución 1618 del 22 de febrero de 2006, y el artículo 853 del Estatuto Tributario consagra las funciones de la División de Devoluciones y la competencia funcional de las Devoluciones;

  2. Que el artículo 37 del Decreto 1071 de 1999 preceptúa ¿Competencia para proferir los actos administrativos. Sin perjuicio de las competencias establecidas en normas especiales, son competentes para proferir las actuaciones de la Administración Tributaria y Aduanera; los servidores públicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales nombrados o designados como Jefes de las diferentes dependencias de la entidad¿;

  3. Que mediante Resolución 157 del 9 de agosto de 1999, se crearon en la División de Devoluciones de la Administración de Impuestos Nacionales de Medellín, los respectivos grupos internos de trabajo;

  4. Que mediante Circular 017 del 20 de agosto de 1999, modificada y adicionada por las Circulares 0074 del 30 de septiembre de 1999, 096 del 22 de octubre de 1999 y Resolución 1618 artículos 36 y 50 se establecieron para el Grupo Interno de Trabajo de Verificación Previa de la División de devoluciones de la Administración de Impuestos Nacionales de Medellín, las siguientes funciones:

  5. Recibir las solicitudes de devolución y/o Compensación, verificando que cumplan los requisitos establecidos.

  6. Devolver al contribuyente las solicitudes de devolución y/o Compensación que no cumplan los requisitos, indicándole la totalidad de las inconsistencias para su nueva presentación.

  7. Proyectar los autos inadmisorios para solicitudes que no cumplan requisitos de ley y las resoluciones de rechazo definitivo y rechazos parciales.

  8. Elaborar correctamente las hojas de trabajo de las distintas solicitudes.

  9. Consultar, recopilar y verificar los antecedentes de las solicitudes de devolución y/o compensación a su cargo para confirmar la...

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