Resolución 004076, por la cual se modifica el inciso del artículo 1° de la Resolución número 4415 de 29 de diciembre de 2005. - 13 de Septiembre de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43241586

Resolución 004076, por la cual se modifica el inciso del artículo 1° de la Resolución número 4415 de 29 de diciembre de 2005.

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín46390

El Ministro de Transporte, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 769 de 2002 y el Decreto 2053 de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que según Resolución 1555 de 27 de junio de 2005, el Ministerio de Transporte redefinió la regulación vigente para obtener el certificado de examen médico y psicotécnico, como requisito previo para la obtención de la licencia de conducción, reglamentando el procedimiento para obtener el Certificado de Aptitud Física, Mental y de Coordinación Motriz para Conducir y estableciendo los rangos de aprobación de la evaluación requerida;

Que consecuente con lo anterior, en el inciso del artículo 1° de la Resolución 4415 del 29 de diciembre de 2005 se dispuso, como medida excepcional que:

¿Los organismos de tránsito podrán continuar aceptando los certificados de examen médico y psicotécnico para demostrar la aptitud física y mental para conducir que se han venido expidiendo bajo los parámetros de la reglamentación actualmente vigente, hasta tanto en la jurisdicción del respectivo organismo se constituya(n) y registre(n) ante el Ministerio de Transporte uno o varios Centros de Reconocimiento de Conductores, de conformidad con lo establecido en la Resolución 1555 del 27 de junio de 2005, con excepción de los requisitos exigidos para la conectividad con el Registro Unico Nacional de Tránsito, RUNT¿;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2° de la Resolución 1200 del 5 de abril de 2006, a la fecha, la subdirección de tránsito de este Ministerio ha registrado un total de cincuenta y cinco (55) Centros de Reconocimiento de Conductores, distribuidos por departamentos y municipios, así:

CONSULTAR TABLA EN EL ORIGINAL IMPRESO O EN FORMATO PDF

Que de acuerdo con el registro anterior, la cobertura de la prestación del servicio por parte de los Centros de Reconocimiento de Conductores registrados ¿para efectos de la expedición de los certificados de aptitud física, mental y de coordinación motriz para conducir regulados en la precitada Resolución 1555¿, se encuentra garantizada por parte de los referidos...

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