Resolución 004421, por la cual se transfiere a título gratuito el derecho de propiedad de un bien fiscal ubicado en el corregimiento El Tablón, kilómetro 69 carretera que de Pasto conduce a Mojarras, identificado con el folio de Matrícula Inmobiliaria número 248-0002896 y Cédula Catastral número 00-0-019-023, en favor del municipio de Taminango, Nariño. - 8 de Enero de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43232456

Resolución 004421, por la cual se transfiere a título gratuito el derecho de propiedad de un bien fiscal ubicado en el corregimiento El Tablón, kilómetro 69 carretera que de Pasto conduce a Mojarras, identificado con el folio de Matrícula Inmobiliaria número 248-0002896 y Cédula Catastral número 00-0-019-023, en favor del municipio de Taminango, Nariño.

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vías
Número de Boletín46145

El Director General del Instituto Nacional de Vías, en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 8° de la Ley 708 de noviembre 29 de 2001, el artículo 3° del Decreto 724 del 15 de abril de 2002, el artículo 7° del Decreto 2056 del 24 de julio de 2003, y

CONSIDERANDO QUE:

De conformidad con el artículo 8° de la ley 708 de 2001, ¿Los bienes inmuebles fiscales de propiedad de las entidades públicas del orden nacional, de carácter no financiero que hagan parte de cualquiera de las Ramas del Poder Público, así como de los órganos autónomos e independientes que no tengan vocación para la construcción de vivienda de interés social y además que no lo requieren para el desarrollo de sus funciones y no se encuentren dentro de los planes de enajenación onerosa que deberán tener las entidades, deben ser transferidos a título gratuito a otras entidades públicas conforme con sus necesidades, de acuerdo con el reglamento que expida el Gobierno Nacional, con excepción de aquellos ocupados ilegalmente antes del 28 de julio de 1988 con vivienda de interés social, los cuales deberán ser cedidos a sus ocupantes, en virtud de lo establecido en el artículo 58 de la Ley 91 de 1989¿;

Que el Decreto 724 de 2002, por medio del cual se reglamentó el artículo 8° de la Ley 708 de 2001, dispone en su artículo 3° que: ¿Las entidades públicas interesadas en adquirir los inmuebles fiscales o la porción de ellos, podrán requerir su entrega a las entidades propietarias previa identificación, cabida y linderos del inmueble. Para tal efecto, las entidades públicas propietarias procederán a la respectiva transferencia a título gratuito dentro de un término máximo de tres (3) meses siguientes al requerimiento formulado por la entidad interesada, atendiendo la orden de recibo de la solicitud¿;

Según lo establecido en el parágrafo 1º del artículo de la Ley 708 de 2001, las transferencias a título gratuito que realicen las Entidades Públicas se llevarán a cabo por el procedimiento de enajenación previsto en el artículo 1° ibídem; es decir, mediante resolución administrativa expedida por la entidad propietaria del inmueble y su tradición se verificará mediante la inscripción de dicho acto ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos correspondiente;

Que el Instituto Nacional de Vías, Invías, es propietario del inmueble ubicado en el corregimiento El Tablón, kilómetro 69 de la carretera que de Pasto conduce a Mojarras, jurisdicción del municipio de Taminango, Nariño, identificado con el folio de Matrícula Inmobiliaria número 248-0002896 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de La Unión, Nariño, y Cédula Catastral número 00-0-019-023, por transferencia que le hizo el Ministerio de Obras Públicas y Transporte a través del acta de entrega y recibo de diciembre 31 de 1993, en virtud de lo ordenado por el Decreto 2171 de diciembre 30 de 1992, reglamentado por el Decreto 1166 de 1993;

El predio antes identificado cuenta con un área aproximada de 5.000 metros cuadrados, cuyos linderos generales se encuentran contenidos en la Escritura Pública...

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