Resolución 00444, por la cual se establece un contingente para la importación de maíz blanco duro (10.05.90.12.00) y se reglamenta el otorgamiento de vistos buenos para este producto - 17 de Octubre de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43294822

Resolución 00444, por la cual se establece un contingente para la importación de maíz blanco duro (10.05.90.12.00) y se reglamenta el otorgamiento de vistos buenos para este producto

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín43746

DIARIO OFICIAL 43.746 RESOLUCIÓN 00444 12/10/1999 por la cual se establece un contingente para la importación de maíz blanco duro (10.05.90.12.00) y se reglamenta el otorgamiento de vistos buenos para este producto. El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el Decreto 2439 de 1994, CONSIDERANDO: Que el Consejo Superior de Comercio Exterior, en su sesión del 17 de agosto de 1994, decidió someter a visto bueno del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural la importación de algunos productos agropecuarios, con el fin de asegurar la absorción de la producción interna; Que adoptando la recomendación del Consejo Superior de Comercio Exterior, el Gobierno Nacional expidió el Decreto número 2439 de 1994, el cual en su artículo 1°, señala las posiciones del arancel de aduanas correspondientes a los productos cuya importación requiere visto bueno del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural; Que dentro de los productos sujetos a visto bueno para su importación por el Decreto 2439 de 1994, se encuentra el maíz blanco duro, al cual le corresponde la subpartida arancelaria 10.05.90.12.00; Que el artículo 3° del mencionado decreto estableció que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural señalará las condiciones bajo las cuales se otorgará el visto bueno a las importaciones; Que en reunión del 6 de octubre de 1999, los industriales y agricultores de la cadena productiva del maíz blanco recomendaron al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural otorgar vistos buenos de manera inmediata, para la importación de 100.000 toneladas de maíz blanco, con el fin de abastecer el mercado nacional, RESUELVE: Artículo 1°. Contingente. El contingente de maíz blanco duro, correspondiente a la subpartida arancelaria 10.05.90.12.00, para importar en los términos de la presente resolución, previo otorgamiento de visto, bueno, es de cien mil (100.000) toneladas. Artículo 2°. Producto objeto de la absorción. El contingente mencionado en el artículo anterior se adjudicará entre las personas naturales y jurídicas que demuestren la absorción de la cosecha nacional de maíz blanco duro entre el 1° de octubre de 1998 y el 30 de septiembre de 1999. Artículo 3°. Calidad del importador. Todas las personas naturales o jurídicas que acrediten la absorción de la producción interna de maíz blanco duro, en los términos señalados en la presente resolución, tendrán derecho a obtener el visto bueno...

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