Resolución 0100 número 0690 - 0305 de 2020, por medio de la cual se adoptan los criterios para acceder al fondo de cofinanciación de diseños y obras para la descontaminación del recurso hídrico en Centros Poblados Nucleados - 28 de Mayo de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 844904853

Resolución 0100 número 0690 - 0305 de 2020, por medio de la cual se adoptan los criterios para acceder al fondo de cofinanciación de diseños y obras para la descontaminación del recurso hídrico en Centros Poblados Nucleados

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca
Número de Boletín51328

El Director General de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca (CVC), en uso de sus facultades legales y en especial lo dispuesto en la Ley 99 de 1993, Ley 1450 de 2011, Ley 1753 de 2015, Decretos números 1076 y 1077 de 2015, Acuerdo CD número 013 del 8 de mayo de 2020, por el cual se adopta el Plan de Acción de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca (CVC) 2020-2023, y

CONSIDERANDO:

Que en el Plan de Acción 2020-2023, aprobado mediante Acuerdo CD número 013 del 8 de mayo de 2020, quedaron establecidos los programas, procesos y proyectos que ejecutará la Corporación en las diferentes vigencias, dentro de los cuales se encuentra el Programa: 2 -Gestión Integral del Recurso Hídrico, cuyo objetivo es contribuir a la sostenibilidad del recurso hídrico a través de una gestión encaminada al mejoramiento de las condiciones de la oferta y calidad de este recurso, la optimización de la demanda, y el fortalecimiento de los actores sociales en la administración y uso eficiente del agua.

Que en el citado Programa 2, quedó el Proyecto 2001 denominado: "Caracterización del Recurso Hídrico y Formulación de Alternativas para el Mejoramiento del Estado de la Calidad del Agua" que tiene en el resultado 4 denominado "Propuestas para el mejoramiento de la calidad del recurso hídrico formuladas", de la actividad " Fondo para la Descontaminación del Recurso Hídrico".

Que en desarrollo de lo establecido en el Plan de Acción 2020-2023, y para garantizar la sostenibilidad de las inversiones relacionadas con proyectos de diseño y construcción de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR), y de interceptores y emisarios finales; la Dirección Técnica Ambiental, definió los criterios técnicos para que las administraciones municipales puedan acceder a los recursos de cofinanciación destinados para tal fin, durante la vigencia del presente Plan de Acción.

Que en el Plan de Acción 2020- 2023 se estableció que los recursos asignados al fondo para la descontaminación del Recurso Hídrico en centros poblados nucleados quedarán incluidos en el Programa de Gestión Integral del Recurso Hídrico, para ser definidos en acciones concretas. Estas acciones deberán cumplir con los criterios establecidos por la Corporación, de tal manera que, cuando se den las condiciones allí requeridas, el Director General podrá incorporarlas mediante acto administrativo motivado; conservando los valores generales del programa e informando en la siguiente sesión del Consejo Directivo, los movimientos presupuestales y las metas físicas asociadas que se adicionan.

Que estos montos se plantean como una reserva de recursos de inversión para la descontaminación del recurso hídrico, que, si bien es importante aportar a su solución, su ejecución está supeditada al cumplimiento de acciones a cargo de otras entidades externas, como...

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