Resolución 01232, por la cual se declara el incumplimiento parcial del contrato número 017-2004. - 8 de Marzo de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43219830

Resolución 01232, por la cual se declara el incumplimiento parcial del contrato número 017-2004.

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología Francisco José de Caldas
Número de Boletín45844

El Secretario General del Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología "Francisco José de Cald as" Colciencias, en ejercicio de las funciones de la Dirección General, asignadas mediante Resolución número 1387 de fecha 11 de noviembre de 2004 emitida por el Departamento Nacional de Planeación, y

CONSIDERANDO:

Que Colciencias, celebró con Colombiana de Expresos S. A., el contrato número 017 de fecha 26 de febrero de 2004, cuyo objeto es "prestar el servicio de transporte para movilizar el personal que labora en la entidad, de conformidad con la propuesta presentada por el Contratista y en los términos aprobados por Colciencias y las estipulaciones del presente contrato";

Que la cláusula segunda del mencionado contrato referida a las Especificaciones y Características Técnicas, establece que Colombiana de Expresos S. A. deberá prestar dicho servicio entre otras con las siguientes características técnicas: utilizar automotores de modelos que se encuentren entre los años 1994 y 2004, los que deberán contar con las características de seguridad que establecen las normas, con capacidad y comodidad para los pasajeros que utilizan cada ruta y que para la ruta número 1 "Recorrido por la Avenida Boyacá", se deberá contar con dos automotores tipo bus pullman para 40 pasajeros para los recorridos de mañana y tarde;

Que el valor del contrato, de conformidad con la cláusula cuarta se pactó en la suma de cincuenta y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR