Resolución 0137, por la cual se otorga una licencia ambiental y se revoca la Resolución 588 de octubre 4 de 1996 - 1 de Octubre de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43141967

Resolución 0137, por la cual se otorga una licencia ambiental y se revoca la Resolución 588 de octubre 4 de 1996

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autonoma Regional de Boyacá -"Corpoboyacá"
Número de Boletín44180

DIARIO OFICIAL 44.180 RESOLUCIÓN 0137 11/04/2000 por la cual se otorga una licencia ambiental y se revoca la Resolución 588 de octubre 4 de 1996. El Director General de la Corporación Autónoma Regional de Boyacá, Corpoboyacá, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las conferidas en la Ley 99 de 1993, y CONSIDERANDO: ............................................................................................................................................. RESUELVE: Artículo 1°. Revocar la Resolución número 588 de fecha 4 de octubre de 1997, modificada mediante Resolución número 719 de 1997, mediante la cual se otorgó una concesión de aguas a la señora Idalid Fúquene Guarín, identificada con la cédula de ciudadanía número 23778200 expedida en Moniquirá, en su calidad de Gerente de la firma Grutas de Varuna Ltda., para el funcionamiento de una planta tratamiento de agua potable, distribución y comercialización a desarrollarse en el kilómetro 24 de la vía Tunja-Arcabuco, vereda Quirbaquirá, jurisdicción del municipio de Arcabuco, Boyacá. Artículo 2°. Otorgar a la señora Idalid Fúquene Guarín, identificada con la cédula de ciudadanía número 23778200 expedida en Moniquirá, en su calidad de Gerente de la firma Grutas de Varuna Ltda., licencia ambiental para la construcción y funcionamiento de una planta tratamiento de agua potable, distribución y comercialización a desarrollarse en el kilómetro 24 de la vía Tunja-Arcabuco, vereda Quirbaquirá, jurisdicción del municipio de Arcabuco, Boyacá. Artículo 3°. La licencia ambiental otorgada tendrá una vigencia igual a la duración del proyecto. Parágrafo 1°. La licencia ambiental otorgada estará sujeta a los criterios de ordenamiento ambientales, estudios regionales y planes de manejo especial que se adelanten por parte de entidades del orden nacional, departamental y municipal. Igualmente al cumplimiento del mismo. Parágrafo 2°. La licencia ambiental otorgada queda condicionada al cumplimiento del Plan de Manejo ambiental o su similar propuesto y la Corporación puede en cualquier momento dentro del desarrollo del proyecto suspender actividades por incumplimiento y deterioro ambiental. Artículo 4°. Otorgar a la señora Idalid Fúquene Guarín, identificada con la cédula de ciudadanía número 23778200 expedida en Moniquirá, en su calidad de Gerente de la firma Grutas de Varuna Ltda., concesión de aguas para uso industrial en un caudal de 0.0187 l.p.s. a captar del nacimiento principal...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR