Resolución 01370, por la cual se modifican las tarifas de los servicios de protección al vuelo, derechos de aeródromo y estacionamientos en el Aeropuerto de Leticia, por operaciones procedentes del Aeropuerto de Iquitos - 25 de Abril de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43154506

Resolución 01370, por la cual se modifican las tarifas de los servicios de protección al vuelo, derechos de aeródromo y estacionamientos en el Aeropuerto de Leticia, por operaciones procedentes del Aeropuerto de Iquitos

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín44399

DIARIO OFICIAL 44.399 RESOLUCIÓN 01370 20/04/2001 por la cual se modifican las tarifas de los servicios de protección al vuelo, derechos de aeródromo y estacionamientos en el Aeropuerto de Leticia, por operaciones procedentes del Aeropuerto de Iquitos. El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, en uso de sus facultades legales, en especial de las conferidas por los artículos 5° numerales 5, 9, 13 y 15 y 8° numerales 3, 4 y 8 del Decreto 2724 del 31 de diciembre de 1993, y por el artículo 1819 del Código de Comercio, y CONSIDERANDO: 1. Que el Tratado de Cooperación Amazónica suscrito entre la República de Colombia y la República Peruana, el 30 de marzo de 1979, establece en su artículo XII que las Partes Contratantes adoptarán las medidas pertinentes a fin de que los sistemas de comunicaciones oficiales que operan en las zonas amazónicas limítrofes presten a los nacionales del otro país servicios en idénticas condiciones que a sus propios nacionales, con sujeción a las disposiciones legales de cada país en sus propios territorios. 2. Que el Tratado establece en su artículo XX que las Partes Contratantes propiciarán en el marco del Acuerdo de Cartagena, el estudio del desarrollo integral de los territorios amazónicos de los países miembros, con miras a la formulación de propuestas orientadas al establecimiento de políticas y acciones conjuntas que faciliten la incorporación de sus respectivos territorios amazónicos a sus economías nacionales, teniendo en cuenta las finalidades que inspiran el proceso de integración andina. 3. Que el Consejo Presidencial Andino determinó el diseño de una Política Comunitaria Andina de Integración y Desarrollo Fronterizo. 4. Que ha sido política de la Cancillería Colombiana promover esquemas que permitan incrementar el comercio, turismo y la integración de las zonas fronterizas del país, y particularmente en el caso de Perú, las autoridades...

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