Resolución 0141, por la cual se fija el valor de las cauciones que deben otorgar los grupos significativos de ciudadanos y los movimientos sociales que inscriban candidatos a Gobernaciones y Alcaldías Municipales, para las elecciones a realizarse en el año 2006. - 2 de Febrero de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43233204

Resolución 0141, por la cual se fija el valor de las cauciones que deben otorgar los grupos significativos de ciudadanos y los movimientos sociales que inscriban candidatos a Gobernaciones y Alcaldías Municipales, para las elecciones a realizarse en el año 2006.

EmisorVarios - Consejo Nacional Electoral
Número de Boletín46170

El Consejo Nacional Electoral, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 5º del artículo 265 de la Constitución Política, inciso cuarto del artículo 9º y el literal d) del artículo 39 de la Ley 130 de 1994 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 108 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2003, en sus incisos cuarto y quinto dispone:

¿Los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos también podrán inscribir candidatos.

La ley determinará los requisitos de seriedad para la inscripción de candidatos¿.

Que el inciso cuarto del artículo 9º de la Ley 130 de 1994 determina:

¿(...)

Los candidatos no inscritos por partidos o por movimientos políticos deberán otorgar al momento de la inscripción una póliza de seriedad de la candidatura por la cuantía que fije el Consejo Nacional Electoral, la cual no podrá exceder el equivalente al uno por ciento del fondo que se constituya para financiar a los partidos y movimientos en el año correspondiente (...)¿ ¿Destacado fuera de texto;

Que el Gerente Administrativo y Financiero de la Registraduría Nacional del Estado Civil mediante oficio GAF/GP022 de 19 de enero de 2006, informó que la...

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