Resolución 01522
Emisor | Varios - Servicio Nacional de Aprendizaje Sena |
Número de Boletín | 45623 |
El Director del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 78 de la Ley 489 de 1998 y el artículo 4° del Decreto 0249 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 3° de la Ley 489 de 1998 dispone que la función administrativa se desarrollará conforme a los principios constitucionales, como los de la buena fe, igualdad, moralidad, publicidad, economía, imparcialidad y transparencia, entre otros;
Que el artículo 75 de la Ley 446 de 1998 establece la creación de Comités de Conciliación de las entidades y organismos de derecho público del orden nacional, departamental, distrital y de los municipios capital de departamento y los entes descentralizados de estos mismos niveles:
Que el Decreto 1214 de 2000 establece las funciones e integración de los comités de conciliación de que trata el artículo 75 de la Ley 446 de 1998;
Que mediante Resolución número 00054 del 22 de abril de 1997, se creó en el Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, el Comité de Defensa Judicial y Conciliación atendiendo la Directiva Presidencial número 03 de 20 de marzo del mismo año;
Que la citada resolución creó los Comités de Defensa Judicial y Conciliación en las Regionales del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, los cuales fueron reglamentados por la resolución número 134 del 22 de octubre del mismo año;
Que mediante Decreto número 0249 del 28 de enero de 2004 se modificó la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena;
Que es necesario derogar las Resoluciones 00054 del 22 de abril de 1997 y 00913 del 4 de septiembre de 2000, con el objeto de adecuar la composición y el funcionamiento del Comité de Defensa Judicial y Conciliación a la nueva estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, conforme al Decreto 0249 de 2004, estableciendo el Comité Nacional de Defensa Judicial y Conciliación del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena,
RESUELVE:
Primero. Comité. El Comité Nacional de Defensa Judicial y Conciliación del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, como instancia administrativa, actuará como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad.
Segundo. Objetivo del Comité Nacional de Defensa Judicial y Conciliación. Es objetivo del Comité Nacional de Defensa Judicial y Conciliación del Sena, adoptar las medidas tendientes a asegurar una defensa idónea de los intereses litigiosos de la entidad; a sí mismo, constituirá una herramienta fundamental para el desarrollo de la política de conciliación en los procesos judiciales, la prevención del daño antijurídico, contribuyendo a la racionalización de los recursos públicos.
Tercero. Funciones del Comité Nacional de Defensa Judicial y Conciliación. El Comité Nacional de Defensa Judicial y Conciliación, del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, tendrá las siguientes funciones:
-
Formular y ejecutar políticas de prevención del daño antijurídico.
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Diseñar las...
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