Resolución 0183, por la cual se desarrolla el Decreto 358 de 2000 y se dictan algunas delegaciones y reglamentaciones en materia de cinematografía nacional - 6 de Marzo de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43150118

Resolución 0183, por la cual se desarrolla el Decreto 358 de 2000 y se dictan algunas delegaciones y reglamentaciones en materia de cinematografía nacional

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín44348

DIARIO OFICIAL 44.348 RESOLUCIÓN 0183 19/02/2001 por la cual se desarrolla el Decreto 358 de 2000 y se dictan algunas delegaciones y reglamentaciones en materia de cinematografía nacional. La Ministra de Cultura, en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confieren la Ley 489 de 1998 y los Decretos 1126 de 1999 y 358 de 2000, CONSIDERANDO: Que a través del Decreto 358 de 2000, el Gobierno Nacional expidió una reglamentación integral de materias relacionadas con la cinematografía nacional de conformidad con las funciones que respecto de esta actividad asignaron al Ministerio de Cultura la Ley 397 de 1997 y el Decreto 1126 de 1999; Que el Decreto 358 de 2000 prevé la facultad del Ministerio de Cultura para reglamentar el ejercicio, desarrollo y conjunto de requisitos respecto de algunas de las actividades en materia de cinematografía nacional allí previstas; Que de acuerdo con las funciones asignadas a la Dirección de Cinematografía resulta conveniente efectuar algunas delegaciones en funcionarios de esa dependencia, respecto de funciones previstas en los Decretos 1126 de 1999 y 358 de 2000, RESUELVE: CAPITULO I Certificación de nacionalidad colombiana de las obras cinematográficas Artículo 1°. Requisitos para el reconocimiento o certificación de producto nacional de la obra cinematográfica. De conformidad con lo previsto en el artículo 5° del Decreto 358 de 2000 el interesado en obtener el reconocimiento o certificación de producto nacional de la obra cinematográfica, deberá presentar ante la Dirección de Cinematografía del Ministerio de Cultura los siguientes documentos: 1. Solicitud escrita dirigida a la Dirección de Cinematografía del Ministerio de Cultura, suscrita por el productor de la película, representante legal de la empresa cuando se trate de personas jurídicas, o por sus autores o titulares de derechos sobre la obra. El solicitante deberá identificarse plenamente, manifestar su documento de identificación y la calidad en la que actúa e informar la dirección en la que recibirá comunicaciones. 2. Certificado de constitución y gerencia de la empresa o empresas nacionales participantes en la producción o coproducción. 3. Especificación del título de la obra, tiempo de duración en pantalla, fechas y lugares de filmación. 4. Presupuesto discriminado de la película, en el que se registre el porcentaje total de participación económica nacional y extranjera. Este documento, requerido para las producciones y coproducciones, debe contener el presupuesto total de la película, el presupuesto destinado a la contratación de autores, actores, locaciones, actividades de preproducción, producción y postproducción, así como la información relevante al propósito de presentar un presupuesto total y discriminado por rubros, de la película. 5. En caso de tratarse de una producción conjunta entre personas naturales y/o jurídicas colombianas, copia de los contratos entre ellas celebrados. 6. Copia del contrato o contratos de coproducción, para las obras realizadas bajo este régimen. 7. Para las coproducciones de largometraje, acreditación mediante ficha técnica u otro medio similar, en los cuales se evidencie que el personal artístico colombiano de la coproducción con el cual se proyecte acreditar el porcentaje de participación artística nacional, ha participado al menos en otra obra cinematográfica con anterioridad o, a elección del solicitante, mediante la declaración escrita de dos (2) productores, directores o realizadores nacionales, sobre el valor y aporte de aquellos a la obra cinematográfica cuyo reconocimiento se solicita. 8. Ficha técnica y artística del personal que interviene en la obra cinematográfica, con indicación de las labores desempeñadas, las cuales deben coincidir con las que aparecen en los créditos de la misma. 9. Copia o información sobre los contratos con los artistas y técnicos participantes en la obra, en relación con los cuales pretenda darse cumplimiento a los porcentajes de participación artística y técnica nacional previstos en el Decreto 358 de 2000, según se trate de una producción o coproducción. 10. Lugar de los procesos de laboratorio y lugar de depósito del negativo, o en su defecto de los demás elementos de tiraje de la película, entendiendo por ta les el internegativo, el dupenegativo o interpositivo. 11. Declarar si para el momento de la solicitud se realizó el depósito legal de la obra cinematográfica de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 460 de 1995, entendiéndose que si dicho depósito no ha sido efectuado, el solicitante deberá cumplir con el mismo de acuerdo con las condiciones previstas en el artículo 19 del Decreto 358 de 2000, mediante entrega a la Biblioteca Nacional de Colombia o a la entidad especializada que mediante convenio se determine, de uno de los elementos de tiraje mencionados en el numeral 10, o de...

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