Resolución 0194, por la cual se establecen los fundamentos, criterios, parámetros y requisitos de los procesos de inducción en economía solidaria, y la expedicción de los certificados de acreditación sobre educación en teoría y práctica de la misma - 8 de Junio de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43158467

Resolución 0194, por la cual se establecen los fundamentos, criterios, parámetros y requisitos de los procesos de inducción en economía solidaria, y la expedicción de los certificados de acreditación sobre educación en teoría y práctica de la misma

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria
Número de Boletín44449

DIARIO OFICIAL 44.449 RESOLUCIÓN 0194 30/05/2001 por la cual se establecen los fundamentos, criterios, parámetros y requisitos de los procesos de inducción en economía solidaria, y la expedicción de los certificados de acreditación sobre educación en teoría y práctica de la misma. La Directora del Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria, Dansocial, en uso de las facultades que le otorgan los artículos 30 numeral 11 y 63 de la Ley 454 de 1998, 61 y 65 de la Ley 489 de 1998, y 5 del Decreto 1566 de 2000, CONSIDERANDO: Que en virtud de lo dispuesto en el numeral 11 del artículo 30 y artículo 63 de la Ley 454 de 1998, el Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria, Dansocial, tiene la facultad para organizar requisitos, criterios y parámetros para la organización de los procesos de inducción y educación en la práctica de la economía solidaria y la expedición de los certificados de acreditación sobre educación en teoría y práctica de economía solidaria; Que la acreditación sobre educación en teoría y práctica de economía solidaria es requisito indispensable para obtener la inscripción y el registro ante los órganos competentes, como organización de la economía solidaria, como se expresa en el artículo 63 de la Ley 454 de 1998; Que la acreditación, a que se refieren las normas citadas, es potestad exclusiva del Dansocial, cuya expedición es necesario reglamentar para brindar un eficiente cumplimiento de la función asignada; Que la acreditación a que se refieren los artículos 30 numeral 11 y 63 de la Ley 454 de 1998, significa el registro de autorización y acreditación que las entidades interesadas en dictar esos programas han de realizar y obtener ante el Dansocial, con el objetivo que, tanto el proceso de formación como los certificados sobre su instrucción, sean válidos para certificar la educación básica en economía solidaria que sirve de requisito para el registro e inscripción de las organizaciones de la economía solidaria; Que de acuerdo con lo anterior, y concordante lo establecido en el numeral 9 de la Directiva 31 del 7 de julio de 2000 emanada del la Dirección del Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria, Dansocial, y el Ministerio de Educación Nacional, la presente Resolución contiene los criterios, parámetros y requisitos a que deben sujetarse las entidades que deseen impartir educación en las áreas de la economía solidaria propias para la acreditación necesaria y que es requisito para el registro e inscripción de las organizaciones de economía solidaria ante la entidad encargada de su registro e inscripción; así como también el procedimiento que ha de seguirse para obtener la acreditación, RESUELVE: Artículo 1°. Objetivos. Son objetivos de la presente resolución: 1. General Establecer los requisitos, criterios y parámetros para la expedición de los certificados de acreditación sobre educación en teoría y práctica de la Economía Solidaria que impartan los particulares a los miembros de las organizaciones de la Economía Solidaria, como procesos de inducción y educación en la práctica de la economía solidaria, con el fin de obtener el registro de éstas ante los órganos oficiales de registro e inscripción. 2. Específicos a) Dotar a las entidades de criterios y parámetros de obligatorio cumplimiento para el desarrollo de programas educativos en Economía Solidaria, necesarios para lograr la acreditación por parte del Dansocial; b) La educación en la solidaridad ha de ayudar a descubrir a cada persona su implicación natural en la comunidad donde vive. El compromiso solidario debe promover los vínculos grupales y el desarrollo de auténticas redes de solidaridad para el desarrollo socioempresarial y cultural de las comunidades. Artículo 2°. Generalidades. La educación solidaria, además de dar cumplimiento a las leyes 79 de 1988 y 454 de 1998, está soportada en la Constitución Nacional y la Ley 115 de 1994, con base en la cual el Estado ha diseñado el Plan Decenal de Educación, donde se establecen y desarrollan orientaciones legales y pedagógicas para que la educación sea un soporte real del desarrollo y realización del ser humano, así como de la sociedad y el mundo empresarial. El Dansocial, en cumplimiento de sus objetivos y funciones, fijadas por la Ley 454 de 1998, y en desarrollo de su Misión Institucional, exhorta y ori enta a las organizaciones solidarias a modernizar el ejercicio pedagógico y metodológico de la educación, de tal manera que pasemos del ejercicio de actividades educativas desarticuladas a procesos educativos profundamente comprometidos con las necesidades y expectativas de los(as) asociados(as), en las organizaciones de la economía solidaria y las comunidades en las que están inmersas. Parágrafo. Entiéndese por autorización y acreditación el proceso que se inicia con la solicitud y culmina con la decisión, tendiente a obtener el registro de autorización y acreditación. Artículo 3°. De los autorizados para...

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