Resolución 02238, por la cual se modifica parcialmente la Resolución 15755 del 29 de diciembre de 2006 y se amplía la vigencia de algunos formularios - 6 de Marzo de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43247287

Resolución 02238, por la cual se modifica parcialmente la Resolución 15755 del 29 de diciembre de 2006 y se amplía la vigencia de algunos formularios

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín46562

El Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en ejercicio de las facultades y en especial de las que le confieren los literales i) y k) del artículo 19 del Decreto 1071 de 1999, y los artículos , 120, 240, 434 y 461 del Decreto 2685 de 1999, artículo 7º del Decreto 1197 de 2000 y Ley 915 de 2004,

RESUELVE:

Artículo 1º

Prescribir a partir del 26 de marzo de 2007, como formularios oficiales para la ¿Declaración de Importación¿, el Modelo N° 500; ¿Declaración de Importación Simplificada¿, el Modelo N° 510, y para el ¿Recibo Oficial de Pago Tributos Aduaneros y Sanciones Cambiarias¿ el Modelo N° 690, de que tratan los artículos 12, 13 y 23 de la Resolución 15755 del 29 de diciembre de 2006, sus modificaciones y adiciones y cuyos preimpresos inician con 2007.

Los formularios oficiales cuyos preimpresos inician con 2006, correspondientes a ¿Declaración de Importación¿, Modelo N° 500; ¿Declaración de Importación Simplificada¿, Modelo N° 510, y ¿Recibo Oficial de Pago Tributos Aduaneros y Sanciones Cambiarias¿, Modelo N° 690, quedarán habilitados hasta el 25 de marzo de 2007.

Artículo 2º Prescribir a partir del 2 de mayo de 2007, como formulario oficial para la ¿Declaración Andina del Valor¿ el Modelo N° 560, de que trata el artículo 20 de la Resolución 15755 del 29 de diciembre de 2006, modificado por el artículo 4º de la Resolución 0297 de enero de 2007 y cuyo preimpreso inicia con 2007.

El formulario oficial Modelo N° 560, denominado ¿Declaración Andina del Valor en Aduana¿ cuyo número preimpreso inicia con 2006, queda habilitado hasta el 1º de mayo de 2007.

Artículo 3º Modifícase el parágrafo del artículo 20 de la Resolución 15755 del 29 de diciembre de 2006, el cual quedará así:

Parágrafo. La hoja 2 del formulario se utilizará cuando las casillas previstas en la hoja principal sean insuficientes para el diligenciamiento de la descripción de la mercancía que se está declarando.

Cuando el diligenciamiento de la ¿Declaración Andina del Valor¿...

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