Resolución 0271, por la cual se actualiza y amplía el Plan Unico de Cuentas para el Sistema de Subsidio Familiar en Colombia. - 3 de Noviembre de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43229782

Resolución 0271, por la cual se actualiza y amplía el Plan Unico de Cuentas para el Sistema de Subsidio Familiar en Colombia.

EmisorSuperintendencias - Superintendencia del Subsidio Familiar
Número de Boletín46081

El Superintendente del Subsidio Familiar, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las que le confieren el artículo 7º del Decreto 2150 de 1992 y el artículo 24 de la Ley 789 de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que es competencia de la Superint endencia del Subsidio Familiar instruir a las entidades vigiladas sobre la forma como deben cumplir las disposiciones que regulan su actividad, fijar los criterios técnicos y jurídicos que faciliten el cumplimiento de tales normas y señalar los procedimientos para su cabal aplicación;

Asimismo, ejecutar el control administrativo, financiero y contable sobre las entidades sometidas a su inspección y vigilancia y solicitar a las entidades vigiladas los estados financieros, para formular las observaciones, las cuales serán de obligatoria consideración por parte de las mismas;

Que corresponde a la Superintendencia del Subsidio Familiar fijar con sujeción a los principios y normas de contabilidad generalmente aceptados en Colombia, los mecanismos y procedimientos contables que deben adoptar las Cajas de Compensación Familiar;

Que se requiere la actualización y ampliación del Plan Unico de Cuentas que rige para las Cajas de Compensación Familiar y demás entidades objeto de inspección y vigilancia de la Superintendencia del Subsidio Familiar, atendiendo las actuales disposiciones legales expedidas sobre la materia y que incorporan a las entidades vigiladas como integrantes del Sistema de Protección Social;

Que el Plan Unico de Cuentas de manera concordante con los principios y normas de contabilidad generalmente aceptados en Colombia permite a las Cajas de Compensación Familiar identificar, medir, clasificar, registrar, interpretar, analizar, evaluar e informar sobre las operaciones en forma clara, completa y fidedigna los hechos económicos que ellas registran,

Por lo expuesto este Despacho,

RESUELVE:

Artículo 1° Actualizar y ampliar el Plan Unico de Cuentas que deben aplicar las Cajas de Compensación Familiar y demás entidades objeto de inspección y vigilancia por parte de esta Superintendencia, con ocasión de las nuevas unidades de negocio, programas y servicios sociales que están ejecutando según los ordenamientos actuales del Gobierno Nacional.

Parágrafo. El Plan Unico de Cuentas está compuesto por un catálogo de cuentas y la descripción y dinámica para la aplicación de las mismas, las cuales deben observarse en el registro contable de todas las operaciones o transacciones económicas efectuadas por estas Corporaciones, el cual será del siguiente tenor:

DISPOSICIONES GENERALES Artículos 2 y 3

El Plan Unico de Cuentas para el Sistema de Subsidio Familiar en Colombia está estructurado atendiendo los principios y las normas de contabilidad generalmente aceptados, de conformidad con las disposiciones legales establecidas en el país.

Las entidades vigiladas no utilizarán cuentas diferentes a las establecidas en este Plan sin autorización previa de la Superintendencia del Subsidio Familiar; sin embargo, podrán crear las cuentas auxiliares necesarias en los últimos niveles que sean requeridas por la Entidad para el adecuado registro de sus operaciones.

Los libros oficiales de contabilidad deberán estar previamente registrados para correr los movimientos, aplicando los códigos numéricos y las denominaciones del catálogo de cuentas contenidos en la presente resolución.

Toda presentación de estados financieros básicos por parte de los Organismos de Dirección y A dministración ante la Asamblea General, las entidades del Estado y a terceros, deberá efectuarse utilizando las denominaciones indicadas en el catálogo contenido en este Plan Unico de Cuentas. Así mismo, indicará los códigos numéricos, en el evento que le sean solicitados por alguno de los anteriores.

Para tal efecto en los estados financieros, el balance general se preparará debidamente clasificado en parte corriente y no corriente, dependiendo de la realización de los activos y exigibilidad de los pasivos, conforme a las disposiciones legales vigentes sobre presentación y revelación de estados financieros.

CATALOGO DE CUENTAS

El catálogo de cuentas contiene la relación ordenada de la clase, grupo, cuentas y subcuentas del activo, pasivo, patrimonio, los ingresos, los gastos, los costos de los programas y servicios, los costos de producción, las cuentas de orden deudoras y las acreedoras.

La codificación del catálogo de cuentas está estructurada sobre la base de los siguientes niveles:

Clase: El primer dígito.

Grupo: Los dos primeros dígitos.

Cuenta: Los cuatro primeros dígitos.

Subcuenta: Los seis primeros dígitos.

Las clases que identifican el primer dígito son:

Clase 1: Activo.

Clase 2: Pasivo.

Clase 3: Patrimonio.

Clase 4: Ingresos.

Clase 5: Gastos.

Clase 6: Costos de ventas.

Clase 7: Costos de producción o de operación.

Clase 8: Cuentas de orden deudoras.

Clase 9: Cuentas de orden acreedoras.

Las clases 1, 2 y 3 comprenden las cuentas que conforman el balance general; las clases 4, 5, 6 y 7 corresponden a las cuentas del estado de ingresos y egresos o estado de resultados y las clases 8 y 9 detallan las cuentas de orden.

CODIGO DENOMINACION

1 ACTIVO

11 Disponible

1105 Caja

110505 Caja general

110510 Cajas menores

110515 Moneda extranjera

110520 Fondos y bases

1110 Bancos

111005 Moneda nacional

111010 Moneda extranjera

111015 Recursos del régimen subsidiado en salud

CODIGO DENOMINACION

111020 Recursos del régimen contributivo en salud

111025 Recursos de convenios y cooperación

1115 Remesas en tránsito

111505 Moneda nacional

111510 Moneda extranjera

1120 Cuentas de ahorro

112005 Bancos

112010 Organismos cooperativos financieros

112015 Recursos del régimen subsidiado en salud

112020 Recursos del régimen contributivo en salud

112025 Recursos de convenios y cooperación

12 Inversiones

1205 Acciones

120520 Industria manufacturera

120530 Construcción

120550 Actividad financiera

120565 Servicios sociales y de salud

120595 Otras

1210 Cuotas o partes de interés social

121020 Industria manufacturera

121030 Construcción

121050 Actividad financiera

121065 Servicios sociales y de salud

121095 Otras

1215 Bonos

121505 Bonos públicos moneda nacional

121510 Bonos públicos moneda extranjera

121515 Bonos ordinarios

121520 Bonos convertibles en acciones

1225 Certificados

122505 Certificados de depósito a término (CDT)

122510 Certificados de depósito de ahorro

122520 Certificados de cambio

122595 Otros

1235 Títulos

123515 Títulos de tesorería (TES)

123565 Títulos de Devolución de Impuestos Nacionales (TIDIS)

123595 Otros

1240 Aceptaciones bancarias o financieras

124005 Bancos comerciales

124010 Compañías de financiamiento comercial

124015 Corporaciones financieras

124095 Otras

1245 Derechos fiduciarios

124505 Fideicomisos de inversión moneda nacional

124510 Fideicomisos de inversión moneda extranjera

1250 Derechos de recompra de inversiones negociadas (Repos)

125005 Acciones

125010 Cuotas o partes de interés social

125015 Bonos

125020 Certificados

125025 Papeles comerciales

125030 Títulos

125035 Aceptaciones bancarias o financieras

125095 Otros

1255 Obligatorias

125505 Bonos de financiamiento especial

125510 Bonos de financiamiento presupuestal

125515 Bonos para Desarrollo Social y Seguridad Interna (BDSI)

125520 Reserva legal

1260 Cuentas en participación

126005 Cuentas en participación

1295 Otras inversiones

129505 Aportes en cooperativas

129510 Derechos en clubes sociales

129595 Diversas

1299 Provisiones

129905 Acciones

129910 Cuotas o partes de interés social

129915 Bonos

129920 Certificados

129925 Papeles comerciales

129930 Títulos

129935 Aceptaciones bancarias o financieras

129940 Derechos fiduciarios

129945 Derechos de recompra de inversiones negociadas

129960 Cuentas en participación

129995 Otras inversiones

13 Deudores

1305 Clientes Sector Salud

130505 Régimen subsidiado

130510 Régimen contributivo

1310 Clientes del Subsidio Familiar

131005 Empresas afiliadas

131010 Trabajadores afiliados

131015 Particulares

131020 Cajas de Compensación Familiar

1315 Clientes negocios especiales (Ley 789/02)

1320 Cuentas por cobrar a vinculados económicos

132005 Filiales

132010 Subsidiarias

132015 Sucursales

1330 Anticipos y avances

133005 A proveedores

133010 A contratistas

133015 A empleados

133025 A concesionarios

133095 Otros

1335 Depósitos

133505 Para importaciones

133510 Para servicios

133515 Para contratos

133520 Para responsabilidades

133525 Para juicios ejecutivos

133530 Para adquisición de acciones, cuotas o derechos sociales

133535 En garantía

133595 Otros

1340 Promesas de compraventa

134005 De bienes raíces

134095 De otros bienes

1345 Ingresos por cobrar

134505 Dividendos y/o participaciones

134510 Rendimientos financieros

134515 Comisiones

134520 Honorarios

134525 Servicios

134530 Arrendamientos

134540 Concesionarios

134595 Otros

1350 Retención sobre contratos

135005 De construcción

135010 De prestación de servicios

135095 Otros

1355 Anticipo de impuestos y contribuciones o saldos a favor

135505 Anticipo de impuestos de renta y complementarios

135510 Anticipo de impuestos de industria y comercio

135515 Retención en la fuente

135517 Impuesto a las ventas retenido

135518 Impuesto de industria y comercio retenido

135520 Sobrantes en liquidación privada de impuestos

135525 Contribuciones

135530 Impuestos descontables

135535 Impuesto a las ventas transitorio

135595 Otros

1360 Reclamaciones

136005 A compañías aseguradoras

136095 Otras

1365 Cuentas por cobrar a Empleados

136505 Vivienda

136510 Vehículos

136515 Educación

136520 Médicos, odontológicos y similares

136525 Calamidad doméstica

136530 Responsabilidades

136535 Recreación

...

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