Resolución 0291 - 22 de Febrero de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43132904

Resolución 0291

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de la Reforma Agraria
Número de Boletín43902

DIARIO OFICIAL 43.902 RESOLUCIÓN 0291 18/08/1997 El Gerente de la Regional Amazonia del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y CONSIDERANDO: Que se ha dado el trámite legal correspondiente a la solicitud de adjudicación de terrenos baldíos presentada por Yegny Vallejo Martínez y se han acreditado todos los requisitos y condiciones para la expedición del título de dominio, RESUELVE: Artículo 1º. Adjudicar a Yegny Vallejo Martínez, identificado con la cédula de ciudadanía número 41.214.889 de San José del Guaviare, el terreno baldío denominado Las Damas, ubicado en la vereda Las Damas, municipio de Calamar, departamento Guaviare, cuya extensión ha sido calculada en ciento setenta (170) hectáreas, ... metros cuadrados, extensión adjudicable de conformidad en lo establecido en el artículo 66 de la Ley 160 de 1994, y se identifica por los siguientes linderos y el plano radicado en el Incora con el N° 573¿181. Punto de partida. Se tomó como punto de partida el detalle 11 localizado al Noroeste del predio. Noroeste: Del detalle 11 con dirección general Noreste con Edilia Martínez en 1.350 mts. Hasta el delta 14. Noreste: Del detalle 14 con dirección general Sureste con Miguel Antonio Rodríguez Espejo en 1.349 mts. Con pica al medio hasta el delta 30. Sureste: Del delta 30 con rumbo general Suroeste con los Laureles, Eraldo Mendoza Cano en 1.084 mts. Carlos Julio Cuesta en 934 mts. Gustavo Gómez en 569 mts. Con camino en parte, cerca en parte al medio hasta el detalle 1. Oeste: Del detalle 1 con dirección general Noreste con carretera a Calamar al medio en 893 mts. Hasta el detalle 11. Parágrafo. La presente adjudicación se hace de conformidad con la excepción contemplada a la norma general que determina la titulación de los terrenos baldíos de la Nación en Unidades Agrícolas Familiares, UAF, prevista en el Acuerdo 014 de 1995, artículo primero. Artículo 2º. La resolución por la cual se adjudica un terreno baldío, una vez inscrita en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo respectivo, y publicada en el Diario Oficial constituye título suficiente de dominio y prueba de la propiedad. Las resoluciones de adjudicación de predios baldíos menores de 50 hectáreas no requieren publicidad en el Diario Oficial. Artículo 3º. La presente adjudicación queda sujeta a las disposiciones que regulan la titulación de terrenos baldíos, especialmente a las servidumbres pasivas de tránsito...

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