Resolución 0293, por la cual se suspenden unos términos. - 28 de Marzo de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43220382

Resolución 0293, por la cual se suspenden unos términos.

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín45862

La Ministra de Cultura, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial las que le confieren el artículo 33 del Decreto-ley 1042 de 1978, el artículo 59 y el literal g) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998, el Decreto 1746 de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Circular número 365-0124-2005 del 10 de febrero de 2005, expedida por la Secretaría General del Ministerio de Cultura, se programó un descanso durante los días 22 y 23 de marzo, tiempo que fue compensado durante dos jornadas los días sábado 19 de febrero y 5 de marzo de 2005, en horario de 8:00 a. m. a 1:00 p. m.;

Que en el Ministerio de Cultura se adelantan trámites que deben ser resueltos en los términos establecidos por la ley, entre otras, lo previsto en la Ley 734 de 2002;

Que el artículo 121 del Código de Procedimiento Civil establece: "En los términos de días no se tomarán en cuenta los de vacancia judicial, ni aquellos en que por cualquier circunstancia permanezca cerrado el despacho...";

Que el artículo 138 del Decreto 262 de 2000 establece: "Días de vacancia. Para todos los efectos legales los días de vacancia son: Los sábados, domingos, los días festivos, cívicos o religiosos que determina la ley, los de Semana Santa y el día judicial". (Negrilla fuera de texto);

Que el Decreto 2150 de 1995 en su artículo 36 manifiesta: "Para conceder vacaciones colectivas bastará la autorización de los Ministros, Directores de Departamentos Administrativos, Superintendentes, Directores de establecimientos públicos, Gerentes de Empresas Industriales y Comerciales y los Jefes de Unidades Administrativas Especiales";

Que en consecuencia, los día 22 y 23 de marzo de 2005, dado que no se prestará atención al público en forma habitual, no correrá ningún término administrativo,

RESUELVE:

Artículo 1º Ordenar la suspensión de términos durante los días...

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