Resolución 0294, por la cual se transfiere un bien fiscal de propiedad del Fondo Nacional de Caminos Vecinales, en Liquidación, ubicado en la ciudad de Tunja, Boyacá, identificado con matrícula inmobiliaria número 070-19272 y cédula catastral número 001-1-002-167 al Ministerio de Transporte. - 5 de Agosto de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43225503

Resolución 0294, por la cual se transfiere un bien fiscal de propiedad del Fondo Nacional de Caminos Vecinales, en Liquidación, ubicado en la ciudad de Tunja, Boyacá, identificado con matrícula inmobiliaria número 070-19272 y cédula catastral número 001-1-002-167 al Ministerio de Transporte.

EmisorVarios - Fondo Nacional de Caminos Vecinales
Número de Boletín45991

El Liquidador del Fondo Nacional de Caminos Vecinales, FNCV, en liquidación, en uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas en el Decreto 1899 de 2003, y

CONSIDERANDO QUE:

Mediante el Decreto 1790 de 2003, se suprimió el Fondo Nacional de Caminos Vecinales y se ordenó su liquidación;

De conformidad con el artículo 16 del Decreto 1790 de 2003, "Traspaso de bienes, derechos y obligaciones". Una vez finalizada la liquidación del Fondo Nacional de Caminos Vecinales, FNCV en Liquidación, los bienes, derechos y obligaciones serán transferidos a la Nación - Ministerio de Transporte. El liquidador realizará oportunamente los actos que sean necesarios para el traspaso de esos activos, pasivos, derechos y obligaciones, si a ello hubiere lugar, para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto-ley 254 de 2000;

El Fondo Nacional de Caminos Vecinales, FNCV en Liquidación, es titular del derecho de dominio de un inmueble ubicado en la calle 18 con carrera 2B barrio Los Patriotas, vereda Pirgua San José (sin nomenclatura) de la ciudad de Tunja, Boyacá, el cual se encuentra identificado con la cédula catastral 001-1-002-167 y folio de matrícula inmobiliaria número 070-19272 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Tunja, Boyacá, por compraventa realizada a Justo Rafael Vanegas Rivera mediante escritura pública número 5038 del 1° de agosto de 1979, otorgada en la Notaría Quinta de la Ciudad de Bogotá;

El inmueble antes identificado cuenta con un área de terreno de 20.000 metros cuadrados (2 hectáreas), que forma parte de un lote de mayor extensión y sus linderos generales, de acuerdo con el título adquisitivo del derecho de dominio son: El lote de terreno de mayor extensión está demarcado especialmente así:

"Partiendo de un mojón de piedra clavado en el pie, sigue en recta a encontrar un eucaliptus en la mitad del terreno, de este en recta a la esquina de un corral donde hay una piedra clavada en la parte de afuera del corral, de este mojón en recta a encontrar una piedra marcada con una cruz en la parte de abajo del camino que atraviesa la finca, de aquí, en línea recta subiendo al pie de la ceja del barranco, limita en esta parte con lote de María Teresa e Isabel Prieto Acuña, vuelve por la cabecera, todo el pie de la ceja del barranco a encontrar el camino que de Tunja va a Chivatá, limita en esta parte con el lote N.N., vuelve hacia abajo por el costado norte, todo el camino que de Tunja conduce a Chivatá, de unos 80 metros más o menos y encierra, limita en esta parte con terrenos del señor Esteban Granados Motta. El lote se encuentra ubicado en la vereda de Pirgua, municipio de Tunja, departamento de Boyacá, denominado El Curubal...

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