Resolución 0322, por medio de la cual se inscribe en el Registro Sindical el Acta de Constitución, la Junta Directiva y el depósito de los Estatutos de la Organización Sindical denominada Sindicato de Servidores Públicos de la Empresa Social del Estado Francisco de Paula Santander ¿Sispesef¿.
Emisor | Establecimientos Públicos - Grupo de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Dirección Territorial Antioquia |
Número de Boletín | 46230 |
La Inspectora de Trabajo del Grupo de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Dirección Territorial de Norte de Santander, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Resolución 0951 del 28 de abril de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que la Organización Sindical denominada: Sindicato de Servidores Públicos de la Empresa Social del Estado Francisco de Paula Santander ¿Sispesef¿, que se clasificó como de primer grado, mixto y de empresa, con domicilio en el Municipio de San José de Cúcuta, Departamento Norte de Santander, ha solicitado a este Despacho la lnscripción en el Registro Sindical del Acta de Constitución, Junta Directiva y el Depósito de los Estatutos de su Organización Sindical, de acuerdo con la Asamblea de Fundación de fecha 28 de octubre de 2005 y para los efectos legales fue radicada en este Ministerio con el número 4126 de fecha 28 de octubre de 2005, respectivamente;
Que revisada la documentación el Despacho observa que la documentación está completa de acuerdo con los artículos 356 -subrogado Ley 50/90, artículos 40; 359; 361- subrogado L. 50/90 artículo 41; y 365- subrogado L. 50/90, artículo 45 del C.S.T. a la Ley 584 de 2000; la elección de la Junta Directiva se hizo conforme con lo establecido en el artículo 391 numerales 1 y 2 subrogado Ley 50/90 artículo 54 del C.S.T.
Los estatutos de la Organización Sindical no son contrarios a la Constitución y la ley, de conformidad con el artículo 362 -subrogado L. 50/90, artículo 42 del C.S.T., por lo cual se inscribe en el Registro Sindical.
La elección de la Junta Directiva se hizo conforme con lo establecido en el artículo 391 numerales 1 y 2 subrogado Ley 50/90 artículo 54 del C.S.T.
Los estatutos de la Organización Sindical no son contrarios a la Constitución y la ley, de conformidad con el artículo 362 -Subrogado L. 50/90, artículo 42 del C.S.T., por lo cual se inscribe en el Registro Sindical.
En mérito de lo expuesto el Despacho,
RESUELVE:
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