Resolución 03452, por la cual se transfiere un terreno al municipio de San José del Guaviare. - 26 de Agosto de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43241011

Resolución 03452, por la cual se transfiere un terreno al municipio de San José del Guaviare.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín46372

El Director General, en uso de las facultades legales y reglamentarias contenidas en la Ley 708 de 2001, y demás normas concordantes y en el Código Contencioso Administrativo y el artículo 9° del Decreto 260 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que la Unidad Administrativa Especial es una entidad de carácter nacional adscrita al Ministerio de Transporte, con funciones de Autoridad Aeronáutica en todo el territorio colombiano.

  2. Que según lo dispuesto en el numeral 9 del artículo del Decreto 260 de 2004, es competencia de la Unidad, ejecutar las actividades necesarias para conformar, mantener, administrar, operar y vigilar la infraestructura aeronáutica y aeroportuaria que sea de su competencia.

  3. Que la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil es propietaria de un lote de terreno ubicado en el aeropuerto Jorge E. González Torres de la ciudad de San José del Guaviare, departamento del Guaviare, con un área de 42.424.16 metros cuadrados, identificado con Matrícula Inmobiliaria 480-0002145, el cual forma parte de un predio de mayor extensión y cuyos linderos son los siguientes:

    Por el Norte: Partiendo del punto N° 1 con un rumbo S85°51¿00¿E y una distancia de 254.69 ml hasta llegar al punto N° 2 colindando con terrenos de la Aerocivil; por el Oriente: del punto anterior, es decir el N° 2 se sigue con rumbo S01°53¿29¿E y una distancia de 163.39 ml hasta llegar al punto N° 3 colindando con terrenos del municipio ocupados por la Aerocivil; por el Sur: Del punto 3 continúa con rumbo N 86° 09¿46¿W y una distancia de 265.81 ml hasta llegar al punto 4 colindando en toda esta extensión con terrenos de la Aeronáutica Civil; por el Occidente: del punto N° 4 se sigue con rumbo N 02°21¿51¿E y una distancia de 164,04 ml hasta llegar al punto N° 1 de partida y encierra, colindando en este tramo con la base antinarcóticos de la Policía Nacional carrera 27 al medio.

  4. Que se adelantó el trámite tendiente a establecer la conveniencia y viabilidad de ceder el terreno solicitado requiriendo el concepto de las dependencias con injerencia en el asunto, obteniendo respuesta mediante los siguientes oficios emitidos por la Secretaría de Sistemas Operacionales 4205-323-04 de julio 15 de 2004, Dirección de Desarrollo Aeroportuario 5100-085-277 del 16 de marzo de 2004, Dirección de Servicios a la Navegación Aérea 4103-353-401 del 9 de julio de 2004 y Dirección de Telecomunicaciones 4205-382-04 del 13 de agosto de 2004, los cuales fueron favorables por no ser requerido este terreno para la realización de...

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