Resolución 0360, por la cual se concede una licencia de aprovechamiento forestal. - 1 de Octubre de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43141966

Resolución 0360, por la cual se concede una licencia de aprovechamiento forestal.

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autonoma Regional de Boyacá -"Corpoboyacá"
Número de Boletín44180

DIARIO OFICIAL 44.180 RESOLUCIÓN 0360 10/07/2000 por la cual se concede una licencia de aprovechamiento forestal. El Director General de la Corporación Autónoma Regional de Boyacá, Corpoboyacá, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las conferidas en la Ley 99 de 1993, y CONSIDERANDO: ............................................................................................................................................. RESUELVE: Artículo 1°. Conceder permiso de aprovechamiento forestal al señor Henry A. Corchuelo A., en su calidad de autorizado, para la tala de 14.674 árboles de Eucalyptus y 2.875 árboles de Pino Radiata, ubicados en el predio denominado San Andrés, localizado en la vereda Carreño, del municipio de Sotaquirá, de propiedad de la Sociedad Inmobiliaria Confianza S.A., representada legalmente por la señora María del Rosario Calderón. Para que en el término doce (12) meses, contados a partir de la fecha de la ejecutoria de esta resolución, lleve a cabo el aprovechamiento forestal, con sujeción a las normas legales sobre bosques, aguas y suelos. Recomendaciones: ¿ El sistema de explotación se realizará por el método de tala pareja, utilizando toda la plantación para después del aprovechamiento efectuar las prácticas silviculturales que mejoren las condiciones y desarrollo de una nueva plantación. ¿ Este aprovechamiento debe efectuarse cumpliendo con las normas técnico-ambientales que Corpoboyacá, exige para llevar a cabo esta clase de permisos, con el objeto de no irle a causar deterioro al medio ambiente y los recursos naturales en el área de aprovechamiento. Los residuos vegetales, desechos y demás sobrantes deberán ser recolectados en forma inmediata y ubicarlos en la parte alta para su descomposición y luego deberán ser agregados al suelo como materia orgánica y/o puede ser utilizado en combustible de uso doméstico e inmunizante de productos forestales; el aceite quemado proveniente de las actividades de motosierra, debe ser retirado del lugar. ¿ Se debe tener cuidado con los residuos de la explotación para evitar posibles incendios forestales en las áreas del aprovechamiento. ¿ El propietario del predio una vez cumplido el aprovechamiento y hayan aparecido los primeros rebrotes de cepa, debe proceder a seleccionar aquellos que posean mayor desarrollo, haciendo podas y limpieza de maleza, fumigando por lo menos por cinco años todos los rebrotes en crecimiento con un insecticida que conlleve a...

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