Resolución 03759, por la cual se dictan disposiciones sobre el Registro y Control de los Plaguicidas Químicos de uso agrícola.
Emisor | Establecimientos Públicos - Instituto Colombiano Agropecuario |
Número de Boletín | 45407 |
El Gerente General del Instituto Colombiano Agropecuario "ICA", en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente de las previstas en los Decretos 001 de 1984, 2141 de 1992 y 1840 de 1994, la Decisión Andina 436 de 1998 y el Decreto 502 de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo segundo (2º) de la Ley 822 de 2003 y el artículo primero (1º) del Decreto 502 del 5 de marzo de 2003, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, a través del Instituto Colombiano Agropecuario "ICA", o la entidad que haga sus veces, es la Autoridad Nacional Competente, en adelante ANC, para llevar el registro y control de los plaguicidas químicos de uso agrícola y el responsable de velar por el cumplimiento de la Decisión 436 de la Comunidad Andina, su Manual Técnico, la Ley 822 y el citado decreto;
Que el artículo cuarto (4º) del Decreto 502 del 5 de marzo de 2003, faculta plenamente a la Autoridad Nacional Competente, es decir, al Instituto Colombiano Agropecuario "ICA", para expedir las resoluciones mediante las cuales se establezcan los requisitos y procedimientos para el registro y control de plaguicidas químicos de uso agrícola, basándose en los principios de gradualidad, especificidad y aplicabilidad, de conformidad con lo dispuesto en la Decisión. Igualmente debe establecer los requisitos de registro de fabricantes, formuladores, importadores, exportadores, envasadores y distribuidores;
Que el día 10 de julio de 2003, el Congreso de la República expidió la Ley 822, mediante la cual se dictan normas relacionadas con los agroquímicos genéricos, estableciendo trámites y plazos para el otorgamiento del registro nacional correspondiente por parte de la ANC, así como la función de coordinar con el Ministerio de la Protección Social y el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, dichos trámites en lo que corresponde al ámbito de sus competencias, por lo cual, se hace necesario expedir una nueva resolución por parte de la ANC-ICA, que permita la plena aplicación de la normatividad vigente en esta materia;
Que en mérito de lo expuesto, el Instituto Colombiano Agropecuario "ICA",
RESUELVE:
Ambito de aplicación
Definiciones
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