Resolución 0431, por la cual se otorga una concesión de aguas. - 7 de Septiembre de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43141150

Resolución 0431, por la cual se otorga una concesión de aguas.

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autonoma Regional de Boyacá -"Corpoboyacá"
Número de Boletín44153

DIARIO OFICIAL 44153 RESOLUCIÓN 0431 11/08/2000 por la cual se otorga una concesión de aguas. El Director General de la Corporación Autónoma Regional de Boyacá, Corpoboyacá, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las conferidas en la Ley 99 de 1993, y CONSIDERANDO: .................................................................................................................................................. RESUELVE: Artículo 1°. Otorgar a nombre del señor Rafael H. Cortés Díaz, en su calidad de Presidente de la Asociación de Suscriptores Acueducto vereda Puente Hamaca del municipio de Soracá, concesión de aguas, a derivar de las fuentes denominadas "Nacimiento Salitre I un caudal de 0.31 l.p.s., y del nacimiento Salitre II 0.69 l.p.s." para un total de 1.0 l.p.s. de caudal asignado, para destinarla a satisfacer las necesidades de uso doméstico, en beneficio de 120 familias, en el predio Hoyaleta dentro de la vereda El Salitre y para beneficio de la vereda Puente Hamaca del municipio de Soracá. Parágrafo 1°. La captación que se haga sobre la fuente Salitre 2, será únicamente para derivar los sobrantes que quedan del acueducto municipal de la Soracá. Parágrafo 2°. El interesado deberá plantar y conservar una franja protectora vegetal conformada por especies nativas como recuperación, preservación y conservación de la cuenca de acuerdo con los Decretos 2811/74, 1541/78, 1449/77 y al artículo 43 del Decreto-ley 99 de 1993. Parágrafo 3°. La Secretaría de Salud de Boyacá, emite concepto favorable para la utilización del agua para consumo humano y doméstico, a derivar de la fuente El Salitre 1 y Salitre 2, previo sistema de tratamiento de aireación y posterior desinfección. Artículo 2°. Para el uso de la Concesión, el interesado deberá presentar previamente a Corpoboyacá para su aprobación, los planos, cálculos y memorias técnicas de la obra de captación, restitución de sobrantes, que garanticen obtener el caudal asignado por Corpoboyacá, sin perjuicio de otras derivaciones. Parágrafo. Para la presentación de los planos, cálculos y memorias técnicas, se concede un plazo de dos (2) meses contados a partir de la ejecutoria de la presente providencia. A partir de la ejecutoria de la providencia que los apruebe, los concesionarios gozarán de otro plazo de dos (2) meses para que construyan las respectivas obras e informen por escrito a Corpoboyacá con el fin de recibirlas. Artículo 3°. Ejecutadas las obras conforme a los...

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