Resolución 046, por la cual se constituye y se delimita la Zona de Reserva Campesina en el municipio de Cabrera, departamento de Cundinamarca - 1 de Abril de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43152636

Resolución 046, por la cual se constituye y se delimita la Zona de Reserva Campesina en el municipio de Cabrera, departamento de Cundinamarca

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de la Reforma Agraria
Número de Boletín44375

DIARIO OFICIAL 44.375 RESOLUCIÓN 046 07/11/2000 por la cual se constituye y se delimita la Zona de Reserva Campesina en el municipio de Cabrera, departamento de Cundinamarca. La Junta Directiva del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora, en uso de sus facultades legales y en desarrollo de las atribuciones contenidas en la Ley 160 de 1994, artículos 12 numerales 8, y 80, y CONSIDERANDO: Mediante la Ley 160 de agosto 3 de 1994, el Gobierno Nacional creó las Zonas de Reserva Campesina (ZRC) y según Decreto 1777 de 1996, reglamentó parcialmente el capítulo XIII de la ley citada en lo relativo a este programa y según Acuerdo número 024 del 25 de noviembre de 1996, fijó los criterios generales y el procedimiento para seleccionarlas y delimitarlas. De conformidad con los parámetros señalados por la Junta Directiva del Incora y según normas reglamentarias citadas, el Instituto inició de oficio el proceso de divulgación y capacitación en el municipio de Cabrera, teniendo en cuenta el grado de compromiso asumido por la administración municipal y la calidad de la participación comunitaria. Esta zona de reserva campesina se constituye sobre la base de estar localizada dentro de una zona de amortiguamiento del Parque Natural Nacional del Sumapaz, de conformidad con lo previsto en el Decreto 1777 de 1996, artículo 1° parágrafo 1°. Para tales efectos se realizaron tanto con la comunidad como con las diferentes instituciones regionales que hacen parte del Sistema Nacional de Reforma Agraria y Sistema Nacional Ambiental, diferentes talleres de capacitación que permitieron concertar la formulación del Plan de Desarrollo Sostenible, el cual fue avalado por la comunidad del municipio reunida en Audiencia Pública el 12 de agosto de 2000. Por su parte la Corporación Autónoma Regional con sede en Fusagasugá, emitió concepto favorable a la propuesta de constitución y delimitación de la Zona de Reserva Campesina en el municipio de Cabrera, expresando que es concordante con los criterios de ordenamiento ambiental establecidos para la zona donde está ubicada y en consecuencia se brindan las condiciones mínimas exigidas por la Ley 160 de 1994, y sus decretos y normas reglamentarias. Agrega además que el plan de desarrollo sostenible con los proyectos que se incluyeron, se encuentra ajustado a las exigencias de la Corporación, de acuerdo con el componente ambiental y la capacitación. El 12 de agosto de 2000, previa convocatoria de la Gerencia General del Incora, se llevó a cabo la Audiencia Pública para la constitución de la Zona de Reserva Campesina, con la participación de la Alcaldía Municipal, el Incora, el Proyecto Piloto de Zonas de Reserva Campesina del IICA, la Universidad de Cundinamarca, la CAR, el SENA y todas las organizaciones campesinas y la comunidad interesada en la constitución de dicha zona. Se explicó a las comunidades el alcance socioeconómico y ambiental que conlleva la constitución de la ZRC para el desarrollo del municipio. Sometido a consideración de la comunidad, fue aprobado el plan de desarrollo, expresando los participantes su apoyo a la puesta en marcha de la citada zona, a la ejecución del proyecto planteado. Estos acuerdos fueron consignados en el acta firmada por los representantes de las distintas instituciones, el alcalde municipal y 495 personas más entre campesinos y funcionarios. De conformidad con el Acuerdo 024 de 1996, artículo 9° se destacan en la presente providencia apartes fundamentales del Plan de Desarrollo Sostenible así: 1. Motivos que sustentan el establecimiento de la ZRC ¿ El municipio cuenta con condiciones ambientales estratégicas por ubicarse en la zona de ecosistema paramuno del Sumapaz, clave para el abastecimiento de agua a Bogotá y demás municipios vecinos. ¿ Predominio de la economía campesina en la región, la cual urge de la creación de condiciones que garanticen su adecuada consolidación y desarrollo. ¿ Elevados índices de pobreza (13.2% de la población se encuentra en miseria, y el 63% con necesidades básicas insatisfechas), y bajos índices de calidad de vida (38.4% contra 4.4.2% en el...

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