Resolución 055, por la cual se convoca a elecciones de miembros para integrar el Comité Paritario de Salud Ocupacional. - 7 de Diciembre de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43231063

Resolución 055, por la cual se convoca a elecciones de miembros para integrar el Comité Paritario de Salud Ocupacional.

EmisorVarios - Procuraduría General de la Nación
Número de Boletín46115

El Procurador General de la Nación, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial de las previstas en la Constitución Política, artículo 275 y numeral 7, artículo 7º del Decreto 262 de 2000 y la Resolución número 0140 de 1999 de la Procuraduría General de la Nación, y

CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento con lo dispuesto en el literal c) del artículo 24 del Decreto 614 del 14 de marzo de 1984, corresponde al Procurador General de la Nación permitir la constitución y funcionamiento del Comité Paritario de Salud Ocupacional;

Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2º y 5º y el literal a) del artículo 14 de la Resolución 2013 del 6 de junio de 1986 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y de Salud, cuando existan mil o más trabajadores en la entidad, como es el caso de la Procuraduría General de la Nación, deberá integrarse el Comité Paritario de Salud Ocupacional por cuatro representantes con sus respectivos suplentes elegidos por los servidores y por cuatro miembros principales con sus suplentes, designados por el Procurador General de la Nación;

Que de acuerdo con lo dispuesto en el literal a) del artículo 63 del Decreto-ley 1295 del 22 de junio de 1994, los miembros del Comité Paritario de Salud Ocupacional serán elegidos por un período de dos anos;

Que el Comité Paritario de Salud Ocupacional actual tiene vigencia hasta el 31 de mayo de 2005;

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

TITULO I Artículos 1 a 3

Del Comité Paritario de Salud Ocupacional

Artículo 1º Integración del Comité Paritario de Salud Ocupacional

Convocar a elecciones de cuatro servidores públicos principales y cuatro suplentes como representantes de los servidores de la Procuraduría General de la Nación en el Comité Paritario de Salud Ocupacional de la entidad, por un período de dos años, comprendido entre el 1º de junio de 2005 y el 31 de mayo de 2007, de conformidad con la parte motiva de esta providencia.

Artículo 2º De la inscripción de los candidatos

La inscripción de candidatos deberá hacerse ante la División de Gestión Humana antes del día 15 de abril de 2005. Los candidatos deberán aceptar por escrito su postulación ante la misma División.

Artículo 3º De la elección de los representantes

Establecer como fecha de elección el día 13 de mayo de 2005.

TITULO II Artículos 4 a 11

De las mesas de votación y los jurados

Artículo 4º De los puestos de votación en el nivel central

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