Resolución 057, por medio de la cual se declara una caducidad administrativa - 2 de Septiembre de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43140972

Resolución 057, por medio de la cual se declara una caducidad administrativa

EmisorVarios - Municipio de Sonsón
Número de Boletín44148

DIARIO OFICIAL 44.148 RESOLUCIÓN 057 13/07/2000 por medio de la cual se declara una caducidad administrativa. La Alcaldesa del municipio de Sonsón, en su calidad de representante legal del municipio y por ende parte contratante en un contrato de concesión de uso de un bien inmueble, con base en los artículos 62 a 64 del Decreto-ley 222 de 1983, y previas las siguientes consideraciones: 1. Que el Municipio de Sonsón en su calidad de concedente celebró un contrato de concesión de uso de un bien inmueble con Luz Marina Reyes Lizarazo portadora de la cédula de ciudadanía 37838829 de Bucaramanga, el tres (3) de noviembre de mil novecientos noventa y dos (1992), por medio del cual se le entregó un local en predios de la Plaza de Mercado o Galerías marcado en el número 78 y que hoy día corresponde al número 95 con la finalidad de instalar una cigarrería en el mismo. 2. Que en octubre de 1997 Luz Marina Reyes Lizarazo elaboró por escrito para la Junta Administradora de la Plaza de Mercado y para William Ospina Naranjo, alcalde de entonces, una solicitud en interés particular consistente en que se permitiera la cesión parcial del contrato de concesión de uso del local en beneficio de Julio César Tobón Orozco. 3. Que el municipio de Sonsón y la Junta Administradora de la Plaza de Mercado guardó silencio sobre la solicitud lo que indica respecto de la misma que operó la configuración del silencio administrativo de carácter negativo tal como indica el artículo 40 del Decreto 01 de 1984. 4. Que a pesar de la ocurrencia del silencio administrativo de carácter negativo el municipio no quedaba exento de dar respuesta a la petición inicial ni la Alcaldesa Municipal del deber de contestar a la misma. 5. Que el 17 de septiembre de 1998 llegó a esta Alcaldía escrito de Luz Marina Reyes Lizarazo en el que renuncia al contrato celebrado con el municipio y expresa su deseo de hacer entrega inmediata del local 95, situación esta última que no llegó a realizar. 6. Que el municipio siguiendo el derrotero del deber de contestar enterado de ese silencio largamente sostenido dio respuesta a la solicitud en noviembre 4 de 1999 indicándole a Luz Marina Reyes Lizarazo la intención de no aceptar la cesión del contrato con lo cual lo único que se hizo sobre este particular fue hacer expresa la voluntad configurada con el silencio administrativo negativo; escrito que recibió la misma interesada Luz Marina Reyes Lizarazo. 7. Que previamente a la fecha indicada anteriormente...

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