Resolución 0636, por la cual se establece la reglamentación permanente para la elección de los representantes de Oficiales y Suboficiales en goce de asignación de retiro, ante el Consejo Directivo de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares. - 15 de Julio de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43211711

Resolución 0636, por la cual se establece la reglamentación permanente para la elección de los representantes de Oficiales y Suboficiales en goce de asignación de retiro, ante el Consejo Directivo de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares.

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín45610

El Ministro de Defensa Nacional, en uso de sus facultades legales, y en especial las conferidas en el artículo 13 del Acuerdo 08 de 2002, y

CONSIDERANDO:

  1. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de los Estatutos Internos de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares (Acuerdo 08 del 31 de octubre de 2002), el Consejo Directivo está integrado entre otros miembros, por un Oficial General o de Insignia o un Oficial Superior en goce de asignación de retiro, o su suplente, y un Suboficial de grado Sargento Mayor o Sargento Primero o sus equivalentes en la Armada y en la Fuerza Aérea, en goce de asignación de retiro, o su suplente.

  2. Que de conformidad con lo contenido en el artículo 13 del Acuerdo 08 de 2002, Estatutos Internos de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares, corresponde a este Ministerio establecer la reglamentación para realizar las elecciones a nivel nacional, de los representantes de los oficiales y suboficiales retirados en goce de asignación de retiro al Consejo Directivo.

  3. Que por lo tanto, es procedente establecer una reglamentación permanente que determine el desarrollo de las elecciones para los representantes de los oficiales y suboficiales con asignación de retiro ante el Consejo Directivo de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares,

RESUELVE:

Artículo 1° Elecciones

A partir de la fecha las elecciones para representantes de los oficiales y suboficiales retirados en goce de asignación de retiro (principales y suplentes) ante el Consejo Directivo de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares se realizarán a nivel nacional, en el mes de febrero de los años pares, para períodos de dos (2) años que se iniciarán el 1° de abril del respectivo año.

Parágrafo. La Dirección General de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares establecerá las fechas, el horario, los sitios y las normas administrativas para el desarrollo de las votaciones.

Artículo 2° Sufragantes

Tienen derecho a sufragar los señores oficiales y suboficiales de las Fuerzas Militares que perciben asignación de retiro.

Artículo 3° Inscripciones

Los oficiales y suboficiales con asignación de retiro de las categorías y grados contemplados en el literal a) del artículo 4° de la presente resolución, podrán postularse como candidatos mediante escrito dirigido a la Dirección General de la Caja, radicado en la Oficina de Gestión Documental, indicando el nombre y grado, a qué representación aspiran, anexando la hoja de vida y una relación de cien (100) representados que los respalden con nombres legibles, grados, números de cédula de ciudadanía y las firmas respectivas. Quienes respalden a los candidatos deben tener asignación de retiro. Las inscripciones se harán por el sistema de planchas, en cada una de ellas debe figurar un candidato principal y un suplente de la misma categoría, quienes firmarán la inscripción en señal de aceptación de la candidatura.

Parágrafo 1°. La Dirección General de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares establecerá las fechas para la inscripción de los candidatos. Las inscripciones recibidas con posterioridad a los plazos establecidos, no serán tenidas en cuenta.

Parágrafo 2°. Las planchas se numerarán en f orma ascendente, en...

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