Resolución 0637, por la cual se otorga una licencia ambiental. - 6 de Noviembre de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43143884

Resolución 0637, por la cual se otorga una licencia ambiental.

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autonoma Regional de Boyacá -"Corpoboyacá"
Número de Boletín44219

DIARIO OFICIAL 44.219 RESOLUCIÓN 0637 10/10/2000 por la cual se otorga una licencia ambiental. El Director General de la Corporación Autónoma Regional de Boyacá "Corpoboyacá", en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las conferidas en la Ley 99 de 1993, y CONSIDERANDO: ..................................................................................................................................................... RESUELVE: Artículo 1°. Otorgar a nombre del señor Cayo Nixon Rincón Velandia, identificado con la cédula de ciudadanía número 7164142, expedida en Tunja, en su calidad de Gerente de la Empresa Transportes Los Muiscas S. A., licencia ambiental, para la ejecución del proyecto de construcción de una estación de servicio, a desarrollarse en la calle 11 N° 11-93, en jurisdicción del municipio de "Tunja, Boyacá". Artículo 2°. El término de la licencia ambiental que se otorga mediante la presente resolución será el mismo de la construcción y desarrollo del proyecto. Artículo 3°. La presente licencia ambiental se otorga únicamente por el almacenamiento y distribución de combustibles y la venta de elementos e insumos para el mantenimiento de vehículos, quedando sujeta al cumplimiento de los siguientes requisitos: La autoridad delegada del Ministerio de Minas y Energía y de la Curadería Urbana, deberán conceptuar aclarando la aplicación del artículo 3° del Decreto 1521 de 1998, en cuanto a la necesidad de que la estación de servicio se mantenga cercada por tratarse de suministro de combustible a vehículos de la Empresa Transportadora Los Muiscas S. A. Para los demás aspectos operativos de la estación de servicio de deberá tener en cuenta lo establecido en la Resolución número 1092 del 29 de diciembre de 1999, por medio de la cual Corpoboyacá dictó las normas sobre este tipo de actividades. La aprobación de la licencia ambiental se sujeta a la realización de las obras y actividades contempladas en el estudio entregado por el interesado, cualquier modificación o ampliación del proyecto deberá ser presentado ante la Corporación para su respectiva revisión. Corpoboyacá, acata lo establecido en el certificado de uso del suelo expedido por la Dirección de la infraestructura municipal, (visto bueno de localización en cuanto al uso del suelo). Sin embargo, el Plan de Ordenamiento redefinirá los usos del suelo del municipio". Artículo 4°. El interesado deberá presentar dentro de los treinta (30) días siguientes a la...

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