Resolución 06557, por la cual se modifica el literal b) del numeral 4.2.2.11 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia (Equipo del Sistema de Alerta de Tráfico y Advertencia de Colisión ¿ TCAS II)
Emisor | Unidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil |
Número de Boletín | 45051 |
El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 1782, 1790 y 1801 del Código de Comercio y el artículo 5°, numerales 5 y 10 del Decreto 2724 del 31 de diciembre de 1993,
CONSIDERANDO:
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Que mediante Resoluciones 2617 de 1999 y 0311 de 2000 se adoptaron normas tendientes a exigir el y uso de un Sistema de Alerta de Tráfico y Advertencia de Colisión ¿ TCAS II en aeronaves con masa máxima de despegue superior a 15.000 Kg o con capacidad superior a 30 pasajeros, a partir del primero (1°) de enero de 2003, lo cual obedece a estándares internacionales dados por la Organización de Aviación Civil Internacional OACI, a la cual pertenece Colombia.
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Que algunas empresas explotadoras de dichas aeronaves expresaron su imposibilidad técnica de instalar dichos equipos a bordo de las mismas, antes de la fecha señalada. Adicionalmente, dichos operadores han manifestado que desean hacer las instalaciones de dichos equipos durante los servicios mayores de las aeronaves afectadas.
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Que es necesario prorrogar dicho plazo por una vez para propiciar el cumplimiento de la exigencia internacional anotada.
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Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
¿b) A partir del 1° de enero de 2004, todos los aviones con motor a turbina (a reacción o turbo hélice) cuya masa máxima certificada de despegue sea superior a 15000 kg o que estén autorizados para transportar más de 30 pasajeros, estarán equipados con un sistema anticolisión de a bordo (Sistema de Alerta de Trafico y Advertencia de Colisión ‑ TCAS II) que...
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